Correcto, durante los años 2013 y 2014, se aplicará una reducción del 20% a las cotizaciones devengadas por la contratación de las personas que presten servicios en el hogar familiar, y queden incorporadas a este Sistema Especial, siempre que la obligación de cotizar se hubiese iniciado a partir del 1 de enero del 2012.
En tu caso la base sería 451,71 pero en el el sistema especial de empleadas de hogar las bases entre 365,61 y 462,40 es 438,17.
De esa base la empresa paga 19,05 c/c más 1,10 de at/ep
De esa base al trabajador se le descuenta el 3,85%
Qué debe pagar el empleador :
100,34 (83,47 empleador más 16,87 de la empleada) - 16,69 (bonificación del 20%)
4,81 de at/ep
Total =88,46 euros total. Sin bonificación sería 105,15 euros
Importante al salario de la trabajadora en nómina ya se le descuentan los 16,86 de su cuota.
Se debe hacer nómina o recibo, hay modelos de nóminas ya especiales para este régimen o se pueden hacer en el modelo normal también. En caso de I.T. es importante también tener nómina pues varía sustancialmente con respecto a lo que le paga el empleador normalmente.
Con efectos desde el 1 de abril de 2013, el empleado de hogar que preste sus servicios durante menos de 60 horas mensuales por empleador, y que hubiera acordado con este último la asunción de las obligaciones en materia de encuadramiento en el Sistema Especial para Empleados de Hogar, será el sujeto responsable de la obligación de cotizar. Deberá, por tanto, ingresar la aportación propia y la correspondiente al empleador (o, en su caso, empleadores) con el que mantenga tal acuerdo, por contingencias comunes y profesionales.