COTIZACIÓN AUTÓNOMO COLABORADOR MENOR DE 30 AÑOS

JAIMESG

Nuevo miembro
Al dar de alta un autónomo colaborador según D A UNDÉCIMA Ley 3/2012, tendrán derecho a una
bonificación durante los 18 meses inmediatamente siguientes a la fecha de efectos del alta, equivalente al 50% de la cuota que resulte de aplicar sobre la base mínima el tipo correspondiente de cotización vigente en cada momento en el Régimen Especial de trabajo por cuenta propia que corresponda.
¿a parte de esta bonificación también se puede aplicar la bonificación y reducción del apartado 1 de la D A TRIGESIMO QUINTA DEL RDL 1/1994, de 20 de junio según redacción dada por el reciente RDL 4/2012?
Es decir, ¿se sumaría a la bonificación de 18 meses la reducción de 15 meses y bonificación de otros 15 meses?
 

JAIMESG

Nuevo miembro
Gracias Ro. Y ¿me podrías decir cómo se efectuarían los cálculos?. Repito, muchísimas gracias.
 

Ro

Miembro activo
1.-La cuota para menores de 30 años hombres y mujeres menores de 35, es en este año 2013 de 179,96 euros.
2.-O bien también podrían acogerse a las nuevas del RD 4/2013 si no tienen trabajadores con reducciones en C.C. excepto I.T.  del 80% ( 6 meses) ,50%( 6 sgtes. meses) 30%( 3sgtes. meses);  y 30% de bonificación en la cuota de los 15 meses sgtes. hasta completar los 30 meses.

Y por parte autónomo colaborador bonificación durante 18 meses del 50% por C.C., +-128,36 euros

Hasta ahora entrada del RD 4/2013 un autónomo se podía acoger a las dos y por lo tanto si en el apart. 1 tenía que pagar 179,96 euros, y por autónomo colaborador tenía una bonificación del 128,36 euros:
179,96 - 128,36 = 51,60 euros tendría finalmente que pagar durante 18 meses.
Después se quedaría con los 179,96 euros.

 

lubo

Miembro
A raiz de este tema yo he dado de alta a la madre de un autónomo como familiar colaboradora el 1/12/2012 y compruebo que está pagando 256 euros,

entiendo que también tendría que derecho también a la bonificación segun la disposición adicional undécima de la Ley 3/2012??

Gracias. Saludos
 

Ro

Miembro activo
Sí a veces la administración no aplica las bonificaciones reducciónes en autónomos colaboradores por error, tienes que llamarles o ir allí, y si la cursaste el alta como autónoma colaboradora, presentaste libro de familia, etc.. te aplican la bonificación del 50% de la cuota...
 

Ro

Miembro activo
Otra cosa desde julio a diciembre no estabas aplicando las bonificaciones, debes pedir la devolución de cuotas, y comprueba, si está bien dada de alta como colaboradora ahora en enero y febrero ya te pasan la cantidad correcta. Los programas informáticos no aplicaban bien esta bonificación pero ahora ya sí.
Habla con la admon y resuelve el problema y pide la devolución de cuotas.
 

dudas

Nuevo miembro
Buenas tardes.

Acabo de dar de alta a 1 de Marzo a una autónoma colaboradora de su hermano que es autónomo con 2 empleados. Entiendo que como el hermano tiene empleados no se podría acoger a los 51,60 euros que comenta Ro. Os transcribo lo que aparece en la Resolución de la Tesorería:

"Bonificación/Reducción de Cuotas:
-Reducción durante 15 meses y bonificación durante 15 meses, del 30% de las cuotas por Contingencias Comunes/Base Minima RETA.

-Bonificación durante los 18 meses inmediatamente siguientes a la fecha de efectos del alta, equivalente al 50% de la cuota que resulte de aplicar sobre la base mínima el tipo correspondiente."
Saludos
 

lubo

Miembro
Pues según tesorería la madre de este autónomo no tiene derecho a la bonificación por haber estado de alta en el régimen de autónomos con anterioridad ...

En la disposicion adicional undécima menciona "nuevas altas" y según tesorería  tienen que ser altas por 1ª vez en RETA.

Saludos
 
Arriba