Otra , duda. En este caso se me plantea lo siguiente:
Tengo un trabajador a tiempo parcial que trabaja dos horas al día . El tipo de contrato es el 200 (indefinido a tiempo parcial) y tiene categoría de titulado medio estando por tanto en el grupo de cotización 2. Tiene un salario diario , siendo el bruto mensual de 668,50 brutos x 14 pagas.
Para hallar las bases de cotización pongamos por ejemplo un mes de 31 días naturales y 26 laborables.
Remuneración total= 668,50
P.P. Extras= = 113,55
Remuneración total + pagas extras = 782,05
BCC
Nuestro asesor nos dice que la BCC no es la suma de la remuneración total más el p.p. extras sino que es 905,82 porque según nos dice la base mínima de cotización de contingencias comunes para el grupo de cotización 2 es de 876,60 por lo tanto 876,60 / 30 x 31= 905,82
BASE AT Y E.P
En cuanto a la base de accidentes de trabajo y contingencias profesionales nos dice que sí que hay que aplicar la remuneración total más el p.p. extras= 782,05 ya que la mínima está establecida en 756,60 y si hacemos 756,60/30x 31= 781,82 y por tanto, en este caso la remuneración total más el prorrateo de las pagas extras, sí supera la base mínima.
No sé si lo estamos haciendo bien ya que considero que tanto la BCC como la Base AT y EP debería ser 782,05 porque según entiendo la base mínima que hay que aplicar serían la base mínima /hora para el grupo de cotización 2 que en este caso son 5,28 euros/hora.
Poniendo un mes de 26 días laborables tendríamos lo siguiente: 26 días x 2 horas de trabajo = 52 horas x 5,28 euros/hora= 274,56 tope mínimo de cotización , con lo cual la remuneración total + p.p. extras supera con creces este mínimo.
¿Qué pensais?
Gracias
Un saludo
Tengo un trabajador a tiempo parcial que trabaja dos horas al día . El tipo de contrato es el 200 (indefinido a tiempo parcial) y tiene categoría de titulado medio estando por tanto en el grupo de cotización 2. Tiene un salario diario , siendo el bruto mensual de 668,50 brutos x 14 pagas.
Para hallar las bases de cotización pongamos por ejemplo un mes de 31 días naturales y 26 laborables.
Remuneración total= 668,50
P.P. Extras= = 113,55
Remuneración total + pagas extras = 782,05
BCC
Nuestro asesor nos dice que la BCC no es la suma de la remuneración total más el p.p. extras sino que es 905,82 porque según nos dice la base mínima de cotización de contingencias comunes para el grupo de cotización 2 es de 876,60 por lo tanto 876,60 / 30 x 31= 905,82
BASE AT Y E.P
En cuanto a la base de accidentes de trabajo y contingencias profesionales nos dice que sí que hay que aplicar la remuneración total más el p.p. extras= 782,05 ya que la mínima está establecida en 756,60 y si hacemos 756,60/30x 31= 781,82 y por tanto, en este caso la remuneración total más el prorrateo de las pagas extras, sí supera la base mínima.
No sé si lo estamos haciendo bien ya que considero que tanto la BCC como la Base AT y EP debería ser 782,05 porque según entiendo la base mínima que hay que aplicar serían la base mínima /hora para el grupo de cotización 2 que en este caso son 5,28 euros/hora.
Poniendo un mes de 26 días laborables tendríamos lo siguiente: 26 días x 2 horas de trabajo = 52 horas x 5,28 euros/hora= 274,56 tope mínimo de cotización , con lo cual la remuneración total + p.p. extras supera con creces este mínimo.
¿Qué pensais?
Gracias
Un saludo