Buenos días,
una empresa abona a una trabajadora el premio continuidad que se establece en el convenio colectivo en el momento en que esta lo solicita ( al hacerle el contrato relevo a los 61 años).
¿ cotiza a seguridad social?
Entiendo que sí, como cualquier otro concepto retributivo ¿ correcto?
La tributación en Bizkaia ya la tengo clara
Muchas gracias de antemano
un saludo,
ana
una empresa abona a una trabajadora el premio continuidad que se establece en el convenio colectivo en el momento en que esta lo solicita ( al hacerle el contrato relevo a los 61 años).
¿ cotiza a seguridad social?
Entiendo que sí, como cualquier otro concepto retributivo ¿ correcto?
La tributación en Bizkaia ya la tengo clara
Muchas gracias de antemano
un saludo,
ana