COTIZACION INDEMNIZACION POR DESPIDO

laboris

Miembro
Buenos días.

¿Tenemos que pagar una indemnización superior a 33 días por año trabajado, porque así lo han acordado? ¿Hay que cotizar en Seguridad Social las cantidades que superen la cantidad establecida de 33 días?

Muchas gracias y un saludo.
 

fundación

Miembro conocido
Si no me equivoco y no recuerdo mal, debes cotizar por L03, repartido en los 12 meses anteriores, la cuantía que supere lo establecido legalmente.
 

Raquelcs

Miembro activo
Lo que dice Fundación, y tributar el exceso creo que también.
Ojo, ten en cuenta que el exceso y la base de cotización de cada mes de esos 12 meses anteriores no supere la base máxima de cotización.
Y si está próximo a la jubilación tendréis llamada del INSS para explicar el aumento de las bases de cotización, o al menos eso me pasó a mí hace un par de años.
 
Arriba