COTIZACON PREMIO VINCULACIÓN Y IRPF

sarai25

Nuevo miembro
Buenas noches compañeros,
Tengo una duda con un premio de vinculación de un trabajador que se Jubila del sector de Hostelería. El premio es obligatorio que cotize el mes antes de la comunicación de Jubilación?
Que retención tendría que aplicarse??

Si fuese cotizable y se pusiera en nómina y superase la base máxima estaría correctamente aplicado?? O tendría que hacer complementarias para aplicarlo correctamente??

Gracias

 

MJ1977

Miembro activo
Lo puedes tratar como un rendimiento irregular a efectos fiscales si se ha generado en un periodo superior a dos años
 

sarai25

Nuevo miembro
Hola compañeros el convenio establece que se da cuando el trabajor cesa de la relación laboral bien por jubilación o voluntariamente. Como prorrateo a lo largo del año si es una cantidad de dinero bastante grande!. Y el trabajador te lo comunica cuando se va...

Mi duda es en la cotizacion. Respecto al irpf es un 30% al ser rendimiento irregular como dice Mj1977.

Gracias!
 

shg

Miembro
Buenos días. Este tipo de premios, se entienden como rendimientos irregulares, en principio, pero la duda también la tengo a la hora de cotizar.

Si el trabajador finaliza a final de diciembre, ¿se entiende la cotización prorrateada durante todo el año natural (2016) con el recargo correspondiente?

¿O por el contrario se puede entender como si fuera una liquidación L13 (a posteriori)?
 

shg

Miembro
Buenas, al ser L03, y el mes en el que se paga es diciembre, se entiende que al distribuirlo en el resto de meses del año, ¿habría que pagar el recargo del 20%?

 
Arriba