Criterio DGOSS

Santiago

Miembro conocido
Muy buenas
Según CASIA, si un trabajador está en pluriactividad (RG y RETA) y está en ERTE no tiene derecho a cobrar la prestación por desempleo.
Y si no cobra la prestación por desempleo, la empresa no puede exonerar las cuotas.
Realizamos todos los trámites para dar de baja al trabajador con efectos 13.03.2020

Hoy leo que según criterio de la DGOSS (que he buscado y no he encontrado) se debería mantener al trabajador en situación asimilada al alta a fin de que tenga por cotizado el periodo de permanencia en ERTE.

¿Alguien sabe cómo encontrar este criterio de la DGOSS?
Gracias
 

Argi

Miembro conocido
Buenas,
Según comentas, interpreto que en los casos de trabajadores a tiempo parcial que cobraban el desempleo anteriormente generado y se quedan en Erte, cuando les llame el SEPE para elegir entre la prestación por desempleo que cobraban y la del Erte, si eligen la primera la empresa se queda sin la exención en las bonificaciones....
Pues no lo veo justo ni proporcional. ¿Qué tendrá que ver la empresa en este caso para que sea la perjudicada?
Un saludo
 

msalem

Miembro
pues me parece que eso está pasando en muchos casos, de los que ni siquiera nos enteramos, o nos enteramos a toro pasado y nosotros exonerando cuotas, y luego que hará TGSS?, reclamarnos esas exoneraciones encima con recargo??
 

MACALENA

Miembro activo
Buenos días: Según información recibida de la TGSS, se debería dar de baja (clave 69) al trabajador para dejar de cotizar por él.
Dejar de cotizar por todas las contingencias me parece un despropósito, por lo que hemos optado por indicar inactividad 6 y que la empresa cotice al menos por la base mínima. Eso sí, es incompatible con la bonificación.
 

Argi

Miembro conocido
No sé, me parecería increíble q reclamaran la cotización. No entiendo el sentido de esa normativa.
 

NOEMI

Miembro conocido
pero y nosotros que sabemos si les han concedido o no el desempleo??? de verdad estos han fumado!!  me están diciendo que llame a 200 trabajadores uno por uno a ver si están cobrando paro o no,si trabajan en otro sitio o no??? yo alucino pepinillos, pues por mi con su pan se lo coman, ya solo me faltaba esto, lo siguiente va ser que me vaya a casa del director del SEPE y le pase el aspirador???, yo esque flipo
 

msalem

Miembro
pues yo ya estuve indagando en una de mis empresa que tiene 150 trabajadores y muchos a jornada parcial (que son los que tengan mas probabilidad para que compaginen con otros trabajos) preguntando si a todos les reconocían la prestaciones para ver luego que c.ño hago con sus exoneraciones, de verdad... que sentido tiene todo esto?.... esta forma de regular las cosas no es viable :mad:
 

Fedayn

Miembro
SANTIAGO dijo:
Muy buenas
Según CASIA, si un trabajador está en pluriactividad (RG y RETA) y está en ERTE no tiene derecho a cobrar la prestación por desempleo.
Y si no cobra la prestación por desempleo, la empresa no puede exonerar las cuotas.
Realizamos todos los trámites para dar de baja al trabajador con efectos 13.03.2020

Hoy leo que según criterio de la DGOSS (que he buscado y no he encontrado) se debería mantener al trabajador en situación asimilada al alta a fin de que tenga por cotizado el periodo de permanencia en ERTE.

¿Alguien sabe cómo encontrar este criterio de la DGOSS?
Gracias

Hola Santiago,

¿Puedes poner el link del lugar en el que has leído lo de la DGOSS? A mí solo se me ocurre que puede estar referido al "paro involuntario".
 

BLS

Nuevo miembro
NOEMI dijo:
pero y nosotros que sabemos si les han concedido o no el desempleo??? de verdad estos han fumado!!  me están diciendo que llame a 200 trabajadores uno por uno a ver si están cobrando paro o no,si trabajan en otro sitio o no??? yo alucino pepinillos, pues por mi con su pan se lo coman, ya solo me faltaba esto, lo siguiente va ser que me vaya a casa del director del SEPE y le pase el aspirador???, yo esque flipo


Jaaaaaaaa!!!, no mujer que tendrá roomba, o no? 🤔🤔😒
 

Argi

Miembro conocido
He trasalado la consulta a TGSS por Casia, indicando si en el supuesto de que hablamos se pierden las exoneraciones, y me dicen que se lo pregunte al SEPE...igual han querido decir que se lo pregunte a PEPE o a alguien de LEPE, vete tú a saber....
 

BLS

Nuevo miembro
;  ;D
Yo ya tengo dos contestaciones así. Una me manda a sepe y uno a Casia. Porque no tengo ganas, pero es para reenviar a ambos, a ver que dicen a sus respuestas....quizás ahí sí que me mandarían a PEPE.  ;D ;D
 
N

Nana

Guest
Estamos asistiendo a un partido de tenis entre las administraciones  ;D

Yo voy a hacer lo siguiente: NADA

si dentro de x meses llega que uno de los trabajadores no cobro el desempleo por X, y que hay que devolver las exoneraciones, me pondré la armadura de Juana de Arco y me acercaré a la TGSS, a que me digan a la cara y con la normativa, que no se podia
 

MACALENA

Miembro activo
Completamente de acuerdo con vosotros que esto es una locura pero como, además de bola de cristal, tenemos el sombrero de Indiana Jones, nuestros amigos de la TGSS pueden decirnos más adelante que:

  - Aquellos trabajadores que no cobraron la prestación deberían haber comunicado su situación a la empresa para que ésta lo investigara.
  - A través de Sistema RED puede verse si tienen reconocida la prestación o no.

Por salud nuestra, iría avisando a las empresas de que esta situación puede darse.
 

Santiago

Miembro conocido
Nosotros tuvimos un caso y telefónicamente nos contestaron que había que dar de baja a la trabajadora desde la fecha de inicio de ERTE.
Al ser de hostelería era desde el 14.03.2020
Como quisimos arreglarlo que ya habían pasado los 60 días para modificar fechas, nos lo hizo la administración directamente, es decir, la TGSS nos dió de baja a la trabajadora del CCC porque la empresa no podía exonerar las cuotas

EL criterio de la DGOSS al que hago referencia la ví en Twitter en un compañero laboralista pero no he podido conseguirlo en pdf. Seguiré buscándolo a ver si lo encuentro.
 

Fedayn

Miembro
SANTIAGO dijo:
Muy buenas
Según CASIA, si un trabajador está en pluriactividad (RG y RETA) y está en ERTE no tiene derecho a cobrar la prestación por desempleo.
Y si no cobra la prestación por desempleo, la empresa no puede exonerar las cuotas.
Realizamos todos los trámites para dar de baja al trabajador con efectos 13.03.2020

Hoy leo que según criterio de la DGOSS (que he buscado y no he encontrado) se debería mantener al trabajador en situación asimilada al alta a fin de que tenga por cotizado el periodo de permanencia en ERTE.

¿Alguien sabe cómo encontrar este criterio de la DGOSS?
Gracias
SANTIAGO dijo:
Nosotros tuvimos un caso y telefónicamente nos contestaron que había que dar de baja a la trabajadora desde la fecha de inicio de ERTE.
Al ser de hostelería era desde el 14.03.2020
Como quisimos arreglarlo que ya habían pasado los 60 días para modificar fechas, nos lo hizo la administración directamente, es decir, la TGSS nos dió de baja a la trabajadora del CCC porque la empresa no podía exonerar las cuotas

EL criterio de la DGOSS al que hago referencia la ví en Twitter en un compañero laboralista pero no he podido conseguirlo en pdf. Seguiré buscándolo a ver si lo encuentro.

Lo de los 60 días no es para comunicar las bajas de forma previa?

Si tienes novedades del criterio de la DGOSS, por favor avísanos, Santiago.  :)

Muchas gracias.
 

MACALENA

Miembro activo
FAQS del Ministerio de Trabajo:

14, ¿TENGO QUE DAR DE BAJA A LOS TRABAJADORES/AS DE LA EMPRESA EN LA SEGURIDAD SOCIAL?
Durante los ERTEs no se debe dar de baja a los trabajadores en la Seguridad Social, ya que siguen de alta, con independencia de que, de conformidad con lo previsto en el Real Decreto-Ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19, la empresa pueda estar exonerada del pago de las cotizaciones a la Seguridad Social.
???
 

Fedayn

Miembro
Santiago,

Lo del criterio DGOSS es lo que han publicado en el Boletín RED 14/2020:

TRABAJADORES INCLUIDOS EN UN EXPEDIENTE DE REGULACIÓN DE EMPLEO A LOS QUE NO SE RECONOZCA LA
CORRESPONDIENTE PRESTACIÓN POR DESEMPLEO
Los trabajadores que, habiendo sido incluidos en un expediente de regulación de empleo en virtud de lo
previsto en el artículo 22 del Real Decreto-ley 8/2020, que no resulten perceptores de la correspondiente
prestación de desempleo, se mantendrán en situación asimilada al alta durante el período en el que
permanezcan en esta situación.
Próximamente se informará del procedimiento para identificar estas situaciones asimiladas al alta.


¿Has encontrado el criterio?

Saludos.
 

Santiago

Miembro conocido
Muy buenas
No he podido encontrar el criterio. Lo leí de pasada en Twitter y no he vuelto a encontrarlo, pero venía a ser lo que dice el último BNR respecto a que deben seguir en situación asimilada al alta
Esto ya es el acabose!!!
Comunicamos por teléfono a la TGSS y nos dicen que hay que darlos de baja desde el inicio del estado de alarma. Hacemos consulta en CASIA y la misma respuesta. Realizamos las comunicaciones por miedo a que exonere la empresas cuotas que no le corresponden y vengan las inspecciones. Y ahora sacan esto!
Esto es de locos!
No hay seguridad jurídica por ningún lado!
 

Fedayn

Miembro
SANTIAGO dijo:
Muy buenas
No he podido encontrar el criterio. Lo leí de pasada en Twitter y no he vuelto a encontrarlo, pero venía a ser lo que dice el último BNR respecto a que deben seguir en situación asimilada al alta
Esto ya es el acabose!!!
Comunicamos por teléfono a la TGSS y nos dicen que hay que darlos de baja desde el inicio del estado de alarma. Hacemos consulta en CASIA y la misma respuesta. Realizamos las comunicaciones por miedo a que exonere la empresas cuotas que no le corresponden y vengan las inspecciones. Y ahora sacan esto!
Esto es de locos!
No hay seguridad jurídica por ningún lado!

A ver qué se sacan de la manga. Que sea situación asimilada a la de alta no implica necesariamente continuar de alta de afiliación ya que existen situaciones en las que no hay alta pero que son situación asimilada (por ejemplo, una excedencia por cuidado de hijos), pero veremos cómo lo gestionan. En el Boletín RED 14/2020 hablan de esta situación con respecto a los ERTE por FM del art. 22 RDL 8/2020. ¿Significa que ello no es aplicable a lso ERTE ETOP del artículo 23 RDL 8/2020 y para ellos aplica la baja de la que hablaba el Boletín RED 9/2020? Aunque yo creo, respecto a estos últimos, que aunque se tramite la baja siguen en situación asimilada a la de alta, como si un "paro involuntario" después de agotar las prestaciones se tratara.
 
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