styuvesant74
Miembro
Buenas tardes
Me ha llegado un cliente que desde 01/09/14 tiene de alta a un trabajador con contrato de formacion y aprendizaje, desde ese mismo mes que no tiene contacto con la asesoria anterior, tiene deuda por todos los meses, entiendo que no han pasado los seguros sociales, el caso es que mi duda es si las facturas del centro de formacion todo y que aun no se ha anulado la deuda me las puedo descontar... me ha comentado un colega que en este caso en concreto no es necesario estar al corriente de pago... no he encontrado esta excepcion en ningun texto... y en cualquier caso, entiendo que solo podria deducirme la formacion de los meses de enero y febrero 2015 ( no la de los meses del 2014) se añade al lio que el trabajador ha sido despedido a mediados de febrero siendo la duracion total del contrato de menos de 6 meses.
No tengo ningun contrato de este tipo y voy un poco perdido.
Muchas gracias
Me ha llegado un cliente que desde 01/09/14 tiene de alta a un trabajador con contrato de formacion y aprendizaje, desde ese mismo mes que no tiene contacto con la asesoria anterior, tiene deuda por todos los meses, entiendo que no han pasado los seguros sociales, el caso es que mi duda es si las facturas del centro de formacion todo y que aun no se ha anulado la deuda me las puedo descontar... me ha comentado un colega que en este caso en concreto no es necesario estar al corriente de pago... no he encontrado esta excepcion en ningun texto... y en cualquier caso, entiendo que solo podria deducirme la formacion de los meses de enero y febrero 2015 ( no la de los meses del 2014) se añade al lio que el trabajador ha sido despedido a mediados de febrero siendo la duracion total del contrato de menos de 6 meses.
No tengo ningun contrato de este tipo y voy un poco perdido.
Muchas gracias