Buenas coompañeros!
en una inspección me han solicitado los cuadros horario desde enero 2017 hasta la fecha de una empresa con jornada de trabajo a turnos. Los turnos siempre son los mismos (una semana por la mañana y la siguiente semana de tarde). En este caso y por organización de la empresa si los tiene, pero es obligatorio tener esos cuadros horario? Podría alegarse que no es obligatrio para no presentarlos? Pensaba que solo era obligatorio el calendario laboral y en este ya ha quedado claro que no es necesario especificar ni horarios ni turnos ni vacaciones.
Gracias!
en una inspección me han solicitado los cuadros horario desde enero 2017 hasta la fecha de una empresa con jornada de trabajo a turnos. Los turnos siempre son los mismos (una semana por la mañana y la siguiente semana de tarde). En este caso y por organización de la empresa si los tiene, pero es obligatorio tener esos cuadros horario? Podría alegarse que no es obligatrio para no presentarlos? Pensaba que solo era obligatorio el calendario laboral y en este ya ha quedado claro que no es necesario especificar ni horarios ni turnos ni vacaciones.
Gracias!