CUOTAS IMPAGADAS, PRESCRITAS, NO COMPUTAN PERÍODOS DE COTIZACIÓN EN RETA

menceyes

Nuevo miembro
Buenos días compañeros,

Me viene una resolución denegando prestación de jubilación contributiva en la que al interesado se le resta 11 años de cotización por deudas prescritas.

¿Dónde podría ver, en qué parte del articulado, queda reflejado tal hecho, es decir, que los períodos de deuda, aunque prescrita, no se consideran períodos cotizados?


 

ferrarito

Nuevo miembro
Porque sabes que la deuda esta prescrita?


Aunque hayan pasado mas de 4 años, desde que se inicio la deuda, si la seguridad social ha seguido enviando notificaciones, que yo sepa, la deuda sigue sin prescribir.
 

fundación

Miembro conocido
Mira a ver esta sentencia, donde puedes extraer conclusiones en parte:

http://www.asesoriayempresas.es/jurisprudencia/JURIDICO/48292/sentencia-tsj-cataluna-6495-2010-de-13-de-octubre-jubilacion-periodos-no-cotizados-prescritos
 

FERNANDO

Miembro conocido
Exacto: las notificaciones se van publicando por edictos.... Yo iría a la TGSS para que te lo aclarasen.
 
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