Día de asuntos propios en tiempo parcial

Santiago

Miembro conocido
Buenos días
Convenio de la Limpieza de Cataluña, trabajadora a tiempo parcial.
3. Días de asuntos propios:
En las provincias de Barcelona y Girona:
Dos días retribuidos como efectivamente trabajados. Deberá preavisarse por escrito con un mínimo de antelación de siete días a la fecha propuesta de disfrute.
El personal que no lleve una anualidad completa al servicio de la empresa disfrutará del día o jornada que le corresponda proporcionalmente al tiempo y jornada trabajados computándose esta anualidad desde el 1 de enero a 31 de diciembre.

Si una trabajadora trabaja 10 horas a la semana (3 horas el lunes, 3 horas el miércoles y 4 horas el viernes), ¿cómo se distribuyen estos 2 días?
Serían:
a) 2 días completos (independientemente de la jornada)
b) se distribuyen las 10 horas entre 5 días, de manera que son 2 horas al día (2 horas de asuntos propios durante 2 días)
Gracias
 
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