Días de salario trabajador mensual en IT mes de febrero

Rivas

Nuevo miembro
Buenos días,

Con seguridad existen más hilos al respecto; pero por más que he buscado alguno no lo he encontrado y estoy bloqueada. Trabajador con salarios mensuales, que en el mes de febrero tiene una it de 5 días. (10 a 14) por ejemplo. ¿Cuántos días de salario base se le abonan? 23? 25? Se que las IT se devengan por día natural... (mes entero en it) y la cotización continua siendo mensual, pero en estos casos del mes de febrero, donde solo están unos días en it, los devengos serían a un cómputo total de 28 días o de 30. Espero haberme explicado, y agradezco de veras vuestras aportaciones.
Saludos.
 

Ichitaka Seto

Miembro activo
Hola,

Yo también he tenido una IT en Febrero. Fórmula "general" de cálculo de los días de IT para contratos de 30 días:

Días IT = 30 - DÍAS EN ACTIVIDAD.

En tu caso, del 1 al 9 (9) y del 15 al 28 (14), son 23 días, por tanto, tienes que computar 7 días en IT para la base de cotización.

Salu2. :cool:
 

Rivas

Nuevo miembro
Hola,

Yo también he tenido una IT en Febrero. Fórmula "general" de cálculo de los días de IT para contratos de 30 días:

Días IT = 30 - DÍAS EN ACTIVIDAD.

En tu caso, del 1 al 9 (9) y del 15 al 28 (14), son 23 días, por tanto, tienes que computar 7 días en IT para la base de cotización.

Salu2. :cool:
Muchísimas gracias por tu respuesta. La cotización la tenía clara, decía que continuaba siendo mensual, = 30 días. El dilema lo tengo con el salario... Le he pagado a razón de 28 días... (días naturales del mes)... y no de 30, con lo que al tener una IT de 5 días, le he abonado 23 días de salario base+complementos, y no 25. ( De días SIN LA IT, siendo un trabajador con salarios mensuales...).
 

VILA100

Miembro conocido
Hola

de otros hilos del foro…la equidad la consigues con: sueldo mensual - días en IT. En tu caso, por los días trabajados debiera cobrar sueldo de enero - días en IT.

Ten en cuenta que la IT puede estar complementada por el convenio, por ejemplo, un complemento al 100 % el mismo sueldo en enero que en febrero

salu2
 

fundación

Miembro conocido
Hola

de otros hilos del foro…la equidad la consigues con: sueldo mensual - días en IT. En tu caso, por los días trabajados debiera cobrar sueldo de enero - días en IT.

Ten en cuenta que la IT puede estar complementada por el convenio, por ejemplo, un complemento al 100 % el mismo sueldo en enero que en febrero

salu2

Yo lo estoy haciendo así. Tenía hasta el caso de un alta el día 1 de febrero, con lo que iba a cobrar 27 días de salario frente a sus compañeros 30. No lo veía justo.
 
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