De laboral...¿que os parece?

FERNANDO

Miembro conocido
Entiendo que no hay sucesión, al no haber transmisión de elementos patrimoniales (el taxi, vamos).
 

mafaldasur

Nuevo miembro
Mi opinión...

En el peor de los supuestos, que el Juez estimara la Sucesión (yo sí la veo) , ambos empleadores serían responsables solidarios y la indemnización resultante sería con la antigüedad del primero.

Como indicas que este le ha liquidado por importe de improcedente, quedaría la indemnización resultante de la segunda contratación, tu cliente si finalmente es condenado, podrá repetir con su sucesor en la actividad.

De todas maneras, espera que el trabajador inicie actuación..
 

fundación

Miembro conocido
En este artículo de Desdentado Bonete hace una reseña:
http://www.empleo.gob.es/es/publica/pub_electronicas/destacadas/revista/numeros/38/est09.pdf

Otro ejemplo de interés en la STS 14.2.2001 (RJ 2523), sobre la existencia de sucesión cuando se transmite un vehículo y la correspondiente licencia para la explotación del
servicio de taxi, pues lo transmitido es «la misma unidad económica de producción...
 

fundación

Miembro conocido
http://elasesorlaboral.es/foro/index.php?topic=16462

 

Archivos adjuntos

  • AD_17_2013_art_34.pdf
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fundación

Miembro conocido
Así lo entiendo, si no ha habido otro asunto distinto a lo que comentas parece que no habría más que lo actual.
 

Ro

Miembro activo
Vende licencia y taxi sería sucesión empresarial, pero si ha indemnizado improcedentemente al trabajador hace un año cuando se ha producido el cambio, como reclamar otra vez la antigüedad, en todo caso habría que descontar la indemnización inicial por lo que la pendiente sería exactamente la de este año. Si se aportan como pruebas el pago de la indemnización y la extinción de la relación anterior como improcedente, entiendo que no habría problema.
 

FERNANDO

Miembro conocido
ÇUmm, así lo veo yo si ha habido una extinción no fraudulenta (le pagp 45 días por año, o 33 + 45), pero cuidadito con el efecto Lázaro.
 

FERNANDO

Miembro conocido
Lo importante es que no se huela el fraude de ley. Todo depende de cómo se haga el despido, de cuánto se pague, etc.... Cuidado, porque no hay realidad absoluta.
 

eva10

Nuevo miembro
Perdona fundación, pero es que lo ha visto mi cliente (también es casualidad), y he tenido un pequeño problema, puesto que he dado información que no debía.

Ha sido por eso, gracias por vuestros puntos de vista a todos los participantes del hilo.
 
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