DEDUCCION EN FINIQUITO DE VACACIONES DISFRUTADAS DE MAS

TOMAS

Nuevo miembro
Saludos a todos, en este caso la cantidad que se deduce es bruta, no?. Es decir, que disminuye la base de cotizacion y de retencion. Gracias.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
En principio sí, pero ojo! que a nivel de cotización, al menos teóricamente, entiendo que debería hacerse una liquidacion complementaria prorrateando el importe entre todo el periodo de devengo (en este caso, solicitar ingresos indebidos por diferencias de cotizacion...), cosa que puede ser bastante complicada y que casi nadi hace. Pero vaya, tampoco veo correcto que se meta todo en la base de cotizacion del último mes y acabe reduciéndola de forma indebida (cosa que, en según qué casos, puede tener trascendencia a efectos de cálculo de prestaciones...).

A efectos de IRPF no tiene más problema. Se reduce la base por ese importe (y se regulariza, en su caso, el portcentaje de retención).

Saludos
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Una L13 negativa???

¿alguien la ha hecho alguna vez?

¿afectaria a las cotizaciones del trabajador? ¿cómo?

Es que yo, y a tenor de la finalidad con que fue introducida hace unos años esta cotizacion especial por vacaciones (retrasar el devengo de la prestación por desempleo, no incrementar por este concepto la base reguladora de la prestación, solucionar el tema de cotización -qye hasta entonces, aunque cadi nadie lo hiciera así, suponia presentar una complementaria prorrateando el importe durante todo el periodo de devengo-, etc) sólo le veo sentidio a la L13 cuando estás liquidando vacaciones devengadas no disfrutadas.

En cualquier caso, insisto, ¿alguien ha presentado alguna vez una L13 negativa? de ser el caso ¿qué ocurrió?

Saludos
 

FERNANDO

Miembro conocido
Preguntar en TGSS, pero así debería hacerse; si se ha pagado de más vacaciones, pues lo mismo, pero al revés (y solicitando devolución de lo debidamente ingresado).
 

Nando_bcn

Miembro conocido
claro, pero no por uan L13, que insistio, en mi opinion sólo tiene sentido en el caso de apgar vacaciones, no de descontar las disfrtuadas y no devengadas.

Por tanto, entiendo que lo correcto sería una complementaria, y teóricamente prorrateando a la largo del periodo de devengo, aunque sé que eso casi nadie lo hace. Cuando es un importe pequeño me consta que casi todos lo meten en la base del mes de baja y no suele pasar nada.

Saludos
 
Arriba