Os dejo un caso curioso que me acaba de llegar por un colega, pero yo no lo veo nada claro, porque no veo por ningún lado que la ley hable de estas reducciones: un señor con una minusvalía del 18%, reconocida por la Xunta de Galicia por INCAPACIDAD PERMANENTE TOTAL, le comentan en Hacienda ( un funcionario) que cuando haga la renta que aplique la reducción por minusvalía, ya que Hacienda lo asimila a sujetos pasivos con discapacidad igual o superior al 33%., aunque realmente sólo tenga un 18%. La verdad, no salgo de mi asombro