DEDUCCION SALARIO PAGO INDEBIDO

AL1978

Miembro conocido
Hola chicos.

Por un error administrativo a un trabajador se le ha abonado unos 400 Euros más en los meses de Octubre Noviembre y Diciembre.
El error ha sido provocado por un error en el calculo de base de IT del programa, lo que le ha generado una base superior (el trabajador está de baja) y por lo tanto una retribución superior también. Cuando me lo ha comentado la compañera y he podido comprobar el exceso de pago he procedido a regularizar la situación con la TGSS ya que la empresa se ha deducido unos 135 € al mes en exceso por el pago delegado de la baja del trabajador en cuestión. (unos estupendos L04 con su 20% de recargo).

La duda que tengo es en referencia al trabajador. ¿La empresa puede descontar ese pago indebido?
¿Es un descuento directo? ¿ Se sigue algún procedimiento concreto?

Gracias y menudo lío con el programita, menos mal que la Mutua a avisado a mi compañera
 

Mr. White

Miembro activo
Notificarle por escrito que ha existido un error - explicándolo- y que se procederá a regularización en la siguiente nómina (o en varias).

 

AL1978

Miembro conocido
Ok muchas gracias White.

La regularización que la haré en varias, ¿Se descuenta del Líquido de la Nómina? ¿Respecto de lo que cobró y debió haber cobrado?

Haciendo números al generar las nóminas nuevas y una vez hecho las complementarias, se han producido unos ingresos indebidos en la Seguridad Social.

¿Una vez compensado con el trabajador podré solicitarlos, no?

muchas gracias otra vez

 

Ro

Miembro activo
Rectifica las nóminas incorrectas, una vez correctas realiza las complementarias correspondientes, envía al trabajador para su firma las nuevas y correctas, infórmale del error, y que se tendrá en cuenta el salario percibido a mayores como anticipo en las siguientes nóminas que estimes conveniente.
Las nóminas debes rectificarlas cuanto antes para enviarlas correctamente en el Mod. 111 y en Mod. 190.
Un saludo
 

AL1978

Miembro conocido
Muchas Gracias Ro.

Es como lo imaginaba: Entonces descuento en Nómina COMO ANTICIPO (a líquido) y luego una vez resuelto el asunto ya resolveré el tema de las cotizaciones indebidas. ¿no?

gracias
 

Ro

Miembro activo
Sí, pero rectifica las nóminas cuanto antes para que vayan correctas en el mod. 111 (hoy último día de domiciliación) o el 20 para el pago (si es S.L.l conNRC).
Y para poder enviar también este mes el 190 correcto.
 

AL1978

Miembro conocido
Recibido, muchas gracias. Eres un Sol

Rectificado el modelo 111 y 190.


PD: Una vez recibido el escrito El trabajador ha montado en cólera y me dice que "santa rita rita lo que se da no se quita", que va a demandar a la empresa.... no se si ha entendido el escrito o no quería entenderlo.

Qué se va a hacer? Yo comenzaré los descuentos en el mismo plazo que los recibió 5 meses.


Gracias compañeros

 

pablo

Nuevo miembro
Buenas,

Yo continuaría con la detracción de la cuantía en los plazos que has informado al trabajador.

Recuérdale al trabajador que por este error administrativo se ha producido un enriquecimiento injusto y que por tanto podrías presentar la correspondiente papeleta de conciliación por reclamación de cantidades, previa a la via judicial, pues a la empresa le asiste el mismo derecho que a él.

Un saludo.
 
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