Demanda incidental de nulidad de lo acrodado en conciliación

Buenas tardes

Hoy os planteo una de esas cosas que no nos enseñaron en la escuela de práctica y sobre la que me está costando encontrar información detallada.

Tras más de dos año para un señalamiento en un proceso por despido, (yo represento a las trabajadoras de una empresa textil) alcanzamos un acuerdo en conciliación judicial. Las trabajadoras habían sido despedidas disciplinariamente acusadas de haber sustraído material de la empresa.

A los dos días de la conciliación la empresa registró demanda incidental de nulidad de lo acordado en conciliación porque decía “tener pruebas nuevas” que le indujeron a error el día del acuerdo. A pesar de lo genérico de la afirmación, el juzgado lo admitió a trámite

El caso es que encuentro poca información sobre como será esta vista en el Juzgado…me inclino por que será un procedimiento ordinario y no se verá lo relacionado con el despido.  La situación es manifiestamente injusta para las trabajadoras porque parece que todo es una estrategia del abogado de la empresa para demorar la historia.

¿estás de acuerdo con que será ordinario? ¿alguna experiencia en esta lid?

Gracias
 

FERNANDO

Miembro conocido
Entiendo que es ordinario y que no se sustanciará nada del despido. si la parte gana el juicio, que lo dudo, pues se retrotraerian actuaciones y se señalaría  nueva fecha de vista para el juicio.
 

Mr. White

Miembro activo
El objeto del pleito es única y exclusivamente  si se da alguna de las causas de nulidad de los contratos en el acuerdo alcanzado o no. No si el despido es procente o improcedente, tal y como señalabais los dos.

No hay inversión de la carga de la prueba, pues. Por tanto, el formato del juicio es del proceso ordinario.

Me cuesta ver también que porque hayan encontrado otra prueba el acuerdo sea nulo.

Otra cosa sería que las trabajadoras hubieran forzado el acuerdo en base a alguna prueba falsa o manipulada o algo de eso...
 
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