demanda incompleta

Bear

Nuevo miembro
buenos días,

tenemos proximamente un juicio por despido realizado en Julio 2016 por causas económicas.

El dia de ayer, la empresa recibió  una carta donde se exponía que no habían aportado la documentación requerida, 15 días antes del juicio, por parte de la demandante en los otrosíes.

Yo extrañado, reviso la demanda recibida en su día y observo que faltan hojas, y en concreto las hojas donde la demandante solicita la presentación de las pruebas documentales que expone  (contrato, copia alta y baja, declaraciones, etc)

Tengo 3 días para solicitar recurso de reposición.

Es posible en virtud que la demanda esté incompleta solicitar cambio de fechas y plazo para que la empresa entregue documentación?

Entiendo que la falta de esos documentos ha generado indefensión a nuestra parte, ya que la demandante ha solicitado la aplicación del artículo 94.2 de la LRJS, pidiendo estimación de las alegaciones efectuadas.


Siento si digo alguna barbaridad o no me explico bien,  ahora me han encasquetado la parte juridico-laboral del despacho y como veis, ando perdidisimo.

Gracias, un saludo
 

FERNANDO

Miembro conocido
Si no se entregó dicha documentación, coméntalo así al juzgado mediante un escrito y aporta la documentación lo antes que puedas. No tiene que haber problema
 

Mr. White

Miembro activo
La norma habla en todo caso de 5 días de antelación al juicio, no 15 días, pero los jueces ni los secretarios se leen la demanda antes y dicen que sí a todo, incluidos plazos que no existen.

La norma señala que deben aportarse de forma anticipada (5 días) al juicio si "por su volumen o complejidad" es conveniente que se posibilite su examen previo. No sé de qué pruebas hablamos pero debería cumplirse esos requisitos.

La norma no concreta qué pasa si no se aporta.

Las pruebas se proponen y se admiten en juicio, no en la citación a juicio. Aplica el 94 si se admiten y no se aportan y no es de forma automática, dice "podrá" estimarse, no "se estimará".

Lo del recurso de reposición ahora no tiene ningún sentido, debería haberse impugnado cuando se admitió la aportación de prueba de forma anticipada y no el escrito en el que te dicen que la empresa no ha cumplido con lo ordenado.

En fin, valora pros y contras de aportarla o no en plazo. Si no quieres bocinazos del juez, pórtate bien y hazle caso. Si aceptas bocinazo, que sea porque estrategicamente te sale a cuenta eso antes que entregarle tus cartas con antelación a la otra parte, kale borroka procesal.
 

FERNANDO

Miembro conocido
La no presentación de la prueba puede suponer que el juez dé por bueno lo que se pretendía demostrar con la presentación de la misma; es decir, se deja a su libre albedrio dicha decisión.
 

Mr. White

Miembro activo
Eso he dicho Fernando, que puede suponer, pero no supone siempre. Verbo condicional, no imperativo.
 

FERNANDO

Miembro conocido
Depende de cómo se levante su señoría ;D. Por cierto, ¿no queda algo anticuado ya eso de "su señoría"?
 

Mr. White

Miembro activo
FERNANDO dijo:
Depende de cómo se levante su señoría ;D. Por cierto, ¿no queda algo anticuado ya eso de "su señoría"?

Depende cómo se levante y también de cómo y dónde se acostó, juas juas...

Si solo fuera Su Señoría...por Madrid hay alguno que exige que se le llame Ilustrísima...y como no entres por el aro...duermes en el sofá... ;D ;D



 
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