DEMANDA POR EXTINCION ART 50 DECLARACIÓN IPT TRABAJADOR

mafaldasur

Nuevo miembro
Buenas compañer@s,

Necesito ayuda con este asunto. Trabajador interpone dda en septiembre 2013. Se señala juicio para junio 2014.
En diciembre 2013 se le reconoce definitivamente una IPT.

Yo llevo a la empresa y por una parte veo que el incumplimiento está hecho (se le adeudaban + de 3 meses cuando interpone la denuncia y procede la declaración con el consiguiente abono de la indemnización 45/33.

Por otra, entiendo que dicha declaración de extinción no procede al no estar la relación laboral en vigor en la fecha de la sentencia.

Agradezco vuestras amables interpretaciones  ;) ;)
 
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