Denegación IP después de 18 meses , no se incorpora

crihs

Nuevo miembro
hola tengo un caso de una denegación de la IP después de agotar la IT por lo que la trabajadora debe volver al trabajo. Pero esta dice que no va a volver. Entiendo que procede un despido, pero como se tramitaría? ahora está de baja con la clave 65 como hago para que conste el despido?
 

Ro

Miembro activo
Una vez recibida la denegación tanto la empresa como la trabajadora, ésta tendra que reincorporarse. Si no lo hace envía burofax explicando la obligatoriedad de reincorporación o se procederá a cursar baja por despido o incluso voluntaria...
Otra opción, al estar tanto tiempo de baja tendrá vacaciones pendientes si no las habéis liquidado cuando a los 545 días le cursasteis baja por agotamiento de i.t , en ese caso podrá disfrutarlas y mientras tanto que haga reclamación por la denegación a ver si tiene suerte...
 

crihs

Nuevo miembro
entonces le doy de alta laboral y luego le doy de baja por despido? cotizo esos dias?
 

Aslasa

Miembro
Lo más normal en estos casos es lo que dice Ro, que disfrute de las vacaciones mientas se resuelve el entuerto, no sé si habrá impugnado el alta, pero me imagino que si, así que lo más prudente es acordar el disfrute de vacaciones y si le deniegan la impugancion tendrá que volver si o si a la empresa a trabajar, en estas se puede volver a coger la baja por cualquier historia diferente, así que cuidadin, que aunque hayan tumbado la nulidad del 33 de BCN, en estos casos da un poco de yuyu..
 
Arriba