Denegación Jubilación Parcial

Black Mamba

Miembro
Hola!

La empresa y el trabajador pactan una jubilación parcial la cual llega denegada a los dos meses de hacerse efectiva. El trabajador ha recurrido la decisión del INSS por su cuenta, y es bastante probable que le den la razón porque el INSS presume un fraude que realmente no existe y se puede demostrar bastante bien.

La cuestión es:

¿Qué ocurre con el jubilado y el relevista? Ahora mismo el relevista está con contrato de relevo y el jubilado está al 25% de la jornada. Entiendo que todo sigue igual, cierto? Es decir, ¿hasta que la sentencia sea firme el jubilado parcial ha de seguir con esa jornada? ¿O debe volver al 100% y en consecuencia, se debe despedir al relevista?

A la empresa no le interesa el jubilado parcial, pero si ha de reincorporarlo al 100% de la jornada, pues eso hará. Pero claro... si el juzgado le da la razón, habrá cobrado de la empresa y de la jubilación.

¿Os habéis encontrado con el caso?  ???

Muchas gracias!
 

FERNANDO

Miembro conocido
Entiendo que la resolución administrativa es inmediatamente ejecutiva, con lo que deberías extinguir el contrato del relevista, si lo consideras oportuno, por la vía del despido objetivo por motivos organizativos y de producción (sobra, evidentemente, un puesto de trabajo).
 

Black Mamba

Miembro
Yo es que he visto opiniones a favor y en contra....

¿Y si quisiésemos despedir al jubilado parcial? ¿Cabría la posibilidad de liquidarlo aunque sea de forma improcedente con el 25% de su sueldo? Lleva 4 meses al 25% de la jornada. En realidad el jubilado parcial quiere seguir con esa jornada a la espera de juicio contra el INSS. Y a la empresa pues ya le viene bien.
 

FERNANDO

Miembro conocido
Hombre, también es cierta una cosa: si el jubilado parcial seguro que gana el juicio, puedes mantenerlo (sin cobrar jubilación, claro). En caso de ganarse el juicio, pues todo bien. si se perdiera, pues podéis hacer varias cosas: 1.- volver el parcial al 100% de la jornada, si lo desea y hacer objetivo con el relevista. 2.- Dejar la jornada del relevado en su porcentaje y mantener al relevista. Hay que tener en cuenta que, si otra cosa no se ha pactado, el relevado no tiene derecho a volver a su jornada inicial si no es con nuevo pacto.
 

Black Mamba

Miembro
Entiendo que en ningún caso la empresa ha de abonarle lo dejado de percibir por la jubilación parcial, no?? Es que me da miedo de que el trabajador encima nos demande.
 

FERNANDO

Miembro conocido
No, claro. La culpa es del trabajador, no de la empresa (si la misma ha cumplido con las condiciones establecidas).
 

Black Mamba

Miembro
La denegación viene porque hace un par de años, la empresa transformó el contrato en indefinido ordinario ya que el anterior era fijo discontinuo. Pero hacía mucho más tiempo que ya no era fijo discontinuo porque trabajaba siempre todo el año y a jornada completa. Se puede ver perfectamente en la vida laboral. Pues el INSS ha denegado diciendo que se transformó el contrato para favorecer al trabajador en el acceso a la jubilación parcial. Y se ve claramente en su vida laboral que ha estado a jornada completa y sin periodos interrumpidos desde hace 8 o 9 años. Así que imagina. Este trabajador venía subrogado de una empresa anterior y cuando vimos el tomate, pues modificamos la clave del contrato (hace dos años, para que veas). El trabajador ha recurrido porque quiere la jubilación parcial. Pero claro... tampoco me quedo tranquila porque el trabajador firmó el contrato a tiempo parcial porque pensaba que iba a cobrar la pensión. Ahora que se la deniegan entiendo que debería volver a su puesto habitual y a su jornada habitual. Pero como la decisión está recurrida pues no sé si el trabajador ahora intentará demandar por despido o algo.
 

Black Mamba

Miembro
He hecho además la consulta a mi colegio profesional y me responden esto:


Pues si mantiene la jubilación parcial la tendrá que abonar la empresa y si no prospera la demanda no lo podrá recuperar, así que la decisión depende del riesgo que quieran asumir


Total que me he quedado así:  ???
 

FERNANDO

Miembro conocido
Por despido, no; no hay despido. En todo caso, pedir derecho a volver a jornada habitual con daños y perjuicios acumulados. Pero  yo lo veo como tú: no hay fraude de ley alguno: a ver si no puedo cambiar un contrato fijo discontinuo a fijo normal cuando me dé la gana: no es fraude de ley, es aprovechar ventajas que da la ley, que es diferente. Yo esperaría a la resolución final y mantendría contrato de relevo y jornada a tiempo parcial como están. Creo que la demanda la ganaréis.

En cuanto a la respuesta del colegio: un churro. La empresa mantiene el contrato a tiempo parcial, pero no tiene que pagar pensión alguna.
 

Black Mamba

Miembro
Gracias Fernando. Les he dicho que me lo aclaren y me contestan lo siguiente:

Como se ha denegado la jubilación parcial , hay dos opciones, una seguir así con el riesgo de no prosperar la demanda en cuyo caso el 75% salario como no hay pensión iría a cargo empresa o bien, reincorporar al trabajador jubilado parcial a la jornada habitual y extinguir el de relevo, es una decisión que debe tomar la empresa.
Si se despide al jubilado parcial denegada habría que abonar la indemnización a tiempo completo.


Así que imagina. Ya no sé ni qué contestar al cliente  :'(
 

mafaldasur

Nuevo miembro
hOLA! leyendo el asunto, por darte ideas:

Visto lo visto y mientras que administrativamente resuelven el tema:
- reincorporar al trabajador a su jornada habitual.
- relevista fin de contrato, ya no hay relevo. Si no se puede por haberlo hecho indefinido pues despido o baja por no superar periodo de prueba.

Creo que es jugartela demasiado en el tema del despido, más si tiene cierta antigüedad y de la intervención de la empresa por la maniobra de pasarlo de fijo discontinuo a indefinido, que aunque lógica y defendible, ya sabemos como se las gasta el INSS/TGSS.

No es esta una reducción de jornada voluntaria del trabajador, sino que estaba condicionada a percibir la pensión de jubilación parcial, y esta por el momento se ha denegado. Además no olvidemos que la empresa debe mantener la cotización.

Yo esperaría, vaya a ser que como indica el Colegio, la empresa tenga que pagar por un trabajo no realizado al jubilado.

Saludos y suerte! comenta a ver como queda esto
 

Black Mamba

Miembro
Muchas gracias!!

Yo también quiero ser precavida y hemos seguido los siguientes pasos, ya que no me fío por dónde va a ir esto.

Se trata de un comedor de colectividades y la empresa usuaria no quiere al trabajador. Así que la empresa que lo contrata lo ha llamado para decirle que vaya a otro centro (en la misma ciudad). El trabajador dice que no, que quiere ir a su centro de trabajo habitual.

Por suerte el convenio colectivo te permite cambiarlo de centro si la empresa usuaria lo solicita. Así que le hemos enviado burofax solicitándole en base a lo articulado en el convenio que acuda a su centro de trabajo la semana que viene, y que como consecuencia de la denegación de la jubilación parcial, deberá volver a sus anteriores condiciones (jornada, horario, etc). A ver por dónde respira.  ::)
 
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