Denegación prestación por desempleo

Buenas tardes, soy nuevo en el foro, que me parece una herramienta muy valiosa y he decidido estrenarme:

Hace unos días se me presentó un asunto de un familiar del que preciso ayuda para abordar. A él, vigilante de seguridad, le notifican que a partir del 1 de agosto proceden a su subrogación con la nueva adjudicataria del servicio de seguridad. La nueva empresa no le entrega cuadrante de servicios ni le reconoce como trabajador. No le aporta ninguna documentación.

Planteamos la preceptiva papeleta y la demanda, y a la vez la solicitud de prestación por desempleo.

Pues bien, la nueva contrata no comparece al acto de conciliación y en el acta el letrado conciliador refleja que  no constan en el expediente los acuses de recibo en el expediente.

Los compañeros de mi familiar no tienen ningún problema para que se le reconozca el derecho a la prestación pero en una Oficina de prestaciones de Madrid nos están requiriendo que aportemos como documentación una certificación del SMAC acerca de si las empresas no comparecientes en el intento de conciliación constan debidamente citadas.

El SMAC sólo me entrega una certificación reproduciendo literalmente lo que ya decía en el acta. Y el funcionario de la Oficina de prestaciones me dice que eso no le sirve.

Además de la correspondiente reclamación previa y la demanda, ¿se os ocurre en que basa esa petición el funcionario? me tiene absolutamente descolocado, porque la situación legal de desempleo es más que clara.

Agradeceré vuestras aportaciones
 

FERNANDO

Miembro conocido
Pues que te ha tocado el gorod. En fin, pues a poner reclamación previa aportando acata de CMAC, pes son ellos los que ratifican que citaron debidamente a la demandada.
 
Sí si lo de la reclamación y demanda lo tengo claro. Pero a los efectos de agilizar la percepción de la prestación porque este chico lo necesita me preguntaba si se me escapa algo que justifique la actitud de este funcionario...
 

Júpiter

Nuevo miembro
Que problema tienes en conseguir una certificación del SMAC acerca de si las empresas no comparecientes en el intento de conciliación constan debidamente citadas.
En caso de no conseguirlo tendrás que esperar a que el juez dicte sentencia. no se me ocurre otra cosa.
Saludos
 
Pues que el SMAC por más que s elo traté d ehacer ver al jefe de servicio no considera a las empresas citadas hasta que no reciba el acuse de recibo de las respectovvas notificaciones. Entonces me calza una fórmula del tipo "no compareciendo al intento de conciliación no contando citadas en la fecha en la que se levantó el acta de conciliación y en la fecha de hoy (fecha de la certificación" continúan no constando devueltos los avisos de recibos de las citaciones referenciadas" Es literal

Y para qué coj...necesita esa certificación el funcionario? Eso es lo que se me escapa.

Disculpad mi insistencia.
 
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