deportista de alto nivel - urgente. gracias

pajarillo

Miembro conocido
Buenas tardes:

Tengo una duda sobre los deportistas profesionales de alto nivel, en este caso, un ciclista. Esta persona finalizo una relación laboral común con un equipo hace poco. Se inscribió como demandante de empleo y pidió la prestación contributiva. Ahora lo han contratado (en otro país, con un contrato privado, no le dan de alta), para competir junto a otro equipo. La cuestión es que, para que el hombre no "gaste" la prestación por desempleo tontamente mientras está compitiendo en el extranjero (sale y entra a España para las competiciones periódicamente) pensaba que tenía que hacerle un Convenio Especial con la Seguridad Social para Deportistas de Alto Nivel, que lo asimila al RETA http://www.seg-social.es/Internet_1/Trabajadores/Afiliacion/Conveniosespeciales/Otrosconveniosespec10553/Convenioespecialpar42674/index.htm. De esta forma la prestación por desempleo se Suspendería hasta que cesara en el Convenio Especial, momento en el que reanudaría la prestación por desempleo por donde la dejó. Pero ahora he vuelto a hablar con otra oficina del Sepe y me dicen que no, que como suscriba este convenio especial y se dé de baja como demandante debe RENUNCIAR a su prestación, osea, que la pierde definitivamente.  ¿Qué creéis que habría que hacer entonces para que no gaste desempleo mientras está dándole a la bicicleta en el nuevo equipo?, ¿darlo de alta como autónomo normal en el epígrafe de corredores y entrenadores de ciclismo?.

¿Para qué está pensado entonces este convenio especial tan rimbombante?.

He llamado al sepe, a la TGSS, al consejo superior de deportes y hasta a un amigo que trabaja en el sepe y ninguno me sabe aclarar con seguridad nada.
 

mafaldasur

Nuevo miembro
buenos días, tema muy específico...

la solución que comentas me parece lo más practico, pero antes, asegurate que la posterior baja del RETA es situación legal de desempleo (que creo que no).

un saludo!
 

VILA100

Miembro conocido
Hola, mientras el trabajo por cuenta ajena dure menos de dos años, la prestación está en suspenso. Saludos
 
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