Derecho a baja de paternidad en dos regímenes simultáneamente ( General + R.E.T.A)

CarlosPGlez

Nuevo miembro
En primer lugar muchas gracias por su interés. Les expongo mi caso particular que supongo no será muy común.

En el año 2015 me di de alta en el RETA como autónomo, a su vez desde Febrero de 2023 estoy dado de alta en el Régimen General por haber sido contratado, por tanto soy asalariado. En Abril de 2024 decido darme de baja como autónomo por no tener trabajo. Soy arquitecto y me han salido unos trabajos a finales de año por lo que debería darme de alta en este mes de Diciembre. Además de todo esto en Febrero de 2025 seré padre por lo que cursaré baja. Mis preguntas son las siguientes:
1. ¿Si me doy de alta en el RETA ahora en Diciembre, tendría derecho a cobrar la baja por paternidad en los dos Regímenes ( General + RETA).? Puesto que llevo cotizado en el RETA desde 2015 hasta Abril de 2024.
2. Si ahora al darme de alta en el RETA, decido no pagar las contingencias comunes por estar en pluriactividad. ¿ perdería, en caso de tenerlo el derecho a la baja de paternidad por el RETA? o al ya haber pagado contingencias comunes desde 2015 no me afectaría.

Ante todo muchas gracias por su tiempo y trabajo al leer mis dudas. Espero que pueda servir a más personas esta pregunta
 

FERNANDO

Miembro conocido
Sí, tendrás derecho a dos prestaciones, una por régimen.

En cuanto a pagar o no por contingencias comunes, eso no lo decides tú, se te devolverá el 50% de lo cotizado de más de acuerdo a lo dicho en los PGE. Eso no afecta ala prestación, que percibirás igual en cada régimen.
 

CarlosPGlez

Nuevo miembro
Buenas Fernando, gracias por tu respuesta.

A la hora de darme de alta en el RETA desde la web de la SegSocial, me da la opción de no pagar las contingencias comunes por estar en pluriactividad. ENtiendo que a pesar de allí y según lo que comentas ese dato no depende de mí si no de lo que interprete la Seg Social.

Muchas gracias por la rapidez de la respuesta
 

FERNANDO

Miembro conocido
Lo único es que cotizarías por bases reducidas por pluriactidad, pero eso no te interesa, dado que vas a cobrar prestación por paternidad y según la base, pues eso cobrarás. Olvidé que en caso de pluriactividad puedes elegir bases más bajas, efectivamente.

Eso sí, debes de estar de alta en el momento de la paternidad para tener derecho a la prestación.
 
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