derecho opcion inem

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pregunton

Guest
Una duda. Una persona está percibiendo una prestación del INEM y le quedan 6 meses de paro. Encuentra trabajo y en total suma 370 días cotizados.
Tiene derecho de opción, entonces, o elige seguir cobrando los 6 meses y todo este año no vale luego para nada o cobra 4 meses de la nueva prestación.
Preguntas:
* Si no optase por la anterior prestación y eligiese la nueva de 4 meses. Si a los 2 meses encuentra trabajo de 6 meses, al reanudarse la prestación ¿esos 6 meses se suman a los 362 días o se acumulan para una futura prestación? Es decir, ¿le quedarían sólo 2 meses más de prestación?

Entonces, en este caso ¿no es siempre mejor el derecho de opción?

Muchas gracias, es importante y no estoy segura del todo
 

fundación

Miembro conocido
De la web del INEM....

Pregunta: He interrumpido la prestación contributiva porque he estado trabajando ¿Tengo derecho a una nueva o debo reanudar la que percibía antes de trabajar?

A la finalización del trabajo que causó la suspensión pueden darse dos situaciones:

• Que la duración del trabajo haya sido inferior a 360 días, en cuyo caso deberá necesariamente solicitar la reanudación de la prestación suspendida.

• Que la duración del trabajo o trabajos realizados desde la suspensión de la prestación haya sido igual o superior a 360 días, en cuyo caso podrá optar entre reabrir el derecho anterior por el período que le restaba y las bases y tipos que le correspondían, o percibir la prestación generada por las nuevas cotizaciones. Debe tener en cuenta que, cuando opte por la prestación anterior, las cotizaciones que generaron la prestación por la que no ha optado, se considerarán utilizadas, por lo que no podrán tenerse en cuenta para el reconocimiento de un derecho posterior de nivel contributivo o asistencial.
 
P

pregunton

Guest
tengo claro que sí existe el derecho de opción, y que si se escoge este, se pierden los 370 días cotizados.

La pregunta era si, eligiendo la nueva prestación de 4 meses, si a los 2 meses encuentras trabajo de 6, al finalizar el de 6.. ¿sólo tienes derecho a cobrar los 2 meses restantes? ¿los 6 meses trabajados se acumulan y entonces tienes derecho a más? ¿Sólo servirían ante una futura prestación?

 

fundación

Miembro conocido
Creo que esos 6 meses trabajados al no dar lugar a una nueva prestación contributiva, quedan ahí para posteriores situaciones, si la normativa no ha cambiado, que creo que no.
 
P

pregunton

Guest
Entiendo entonces que en el caso planteado siempre resulta mejor ejercer el derecho de opción.

Gracias
 

fundación

Miembro conocido
Vamos a ver, entiendo que la opción de elegir entre 2 prestaciones distintas está en función de las bases y tipos, según interese al perceptor.

La situación de trabajar 6 meses suspendiendo la prestación por la que se haya optado es posterior y distinta a la anterior, y produce los mismos efectos.
 
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