DESCANSO SEMANAL - MINIMO 36 H

isabarros

Miembro activo
Buenos días, ¿vosotros cómo calculáis el descanso mínimo semanal que debe tener cada trabajador según estatuto de los trabajadores?
Según ET debe ser de 1 día y medio, es decir 36 horas seguidas ininterrumpidas, hasta ahí todo bien
Pero he leído en varios sitios que a esas 36 horas de descanso le tienes que sumar las 12 horas entre jornadas, por lo que en total serían 48 horas de descanso continuas, De ser así, ¿todas las empresas que gestionais, los trabajadores libran siempre 48 horas continuas? ¿también hostelería?
 

jcg73

Miembro activo
Efectivamente, no se pueden solapar ambos descansos.
A partir de aquí entra en juego el descanso acumulado en dos semanas, o bien, depende del sector habría q mirar la normativa referente a jornadas especiales de trabajo, creo que sería útil para restauración y hostelería.
 
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