Descuelgue salarial año 2014 y nuevo convenio firmado en Enero 2016

diego3

Miembro
Buenas tardes
Mi empresa hizo un descuelgue salarial en el año 2014, se realizó una disminución de salarios en torno al 10%. En Enero del 2016 se ha publicado el nuevo Convenio de Construcción para la provincia de Cádiz que afecta a los años 2014 y 2015. La duda que se me plantea es ¿Tengo que aplicar la subida salarial del nuevo convenio al año 2014 aunque tuviera la empresa un descuelgue salarial en dicho año y la subida sería el 10% + lo que establece el nuevo convenio?

Gracias
 

diego3

Miembro
En el caso de que la empresa hiciera un nuevo descuelgue salarial del nuevo convenio publicado en el 2016, siendo sus efectos desde 01/01/2014 a 31/12/2015. ¿Tendría que subir el 10% inaplicado en el 2014?

Gracias
 

Mr. White

Miembro activo
Hola,

Por fechas, entiendo que os descolgasteis en 2014 de un Convenio en ultraactividad (esto, entiendo que terminaba el 31 de diciembre de 2013, pero que se ha mantenido en ultraactividad hasta que se ha firmado el nuevo; la duda es ¿había tablas 2014 cuando se hizo el descuelgue?).

En cualquier caso, entiendo que si os descolgáis del nuevo Convenio, no tendréis que cumplir con lo que se estipule para 2014.

Y si no os descolgais, deberéis abonar las diferencias entre lo abonado en 2014 y lo que ordena este Convenio que se abone en 2014.
 

diego3

Miembro
Buenos días
Efectivamente, nos descolgamos en 2014 de un Convenio en ultraactividad. En el momento del descuelgue las tablas eran las correspondientes al año 2013 pero en el nuevo convenio del 2016 establecen unas tablas para el 2014 con el mismo importe de las 2013

Gracias
 

FERNANDO

Miembro conocido
Ya, pero es que la ley habla de entrada en vigor de nuevo convenio: cuando os descolgásteis, estaba en vigor el de 2013 y ,por tanto, hasta que no apareciese el nuevo convenio era el que estábais legitimados a descolgar. Ahora, pues nuevo descuelgue y efectos a partir de que el mismo entre en vigor.
 

Mr. White

Miembro activo
De acuerdo con Fernando.

Y, si la empresa sigue igual, cuanto antes lo hagáis mejor, que no cabe efectos retroactivos en el descuelgue, según declaró el Supremo hace relativamente poco.
 
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