ACABO DE LEER UN ART. DONDE SE EXPLICA Q EN FECHA 14/08/09 CORBACHO PRESENTÓ PROPUESTA PARA EL COBRO DE PRESTACIÓN POR DESEMPLEO DE LOS TRABAJADORES AUTÓNOMOS.
DICE (TEXTUALMENTE): "Tendrán derecho a la Protección por Cese de Actividad los trabajadores autónomos que tengan protegida la cobertura por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales"
Y AÑADE: "se ha establecido un tipo de cotización para los trabajadores autónomos del 1,5% de la base, con una reducción del 0,5% en la cotización por la cobertura de incapacidad temporal, por lo que el trabajador cotizará efectivamente para el primer año sobre un 1%, que sobre la base mínima de 833,40 euros, la cotización mínima sería de 12,5 euros mensuales, sin aplicar la reducción de 0,5% y de 8,33 con la reducción"
NO SE INTERPRETARLO. ¿TENÉIS MÁS INFORMACIÓN?
DICE (TEXTUALMENTE): "Tendrán derecho a la Protección por Cese de Actividad los trabajadores autónomos que tengan protegida la cobertura por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales"
Y AÑADE: "se ha establecido un tipo de cotización para los trabajadores autónomos del 1,5% de la base, con una reducción del 0,5% en la cotización por la cobertura de incapacidad temporal, por lo que el trabajador cotizará efectivamente para el primer año sobre un 1%, que sobre la base mínima de 833,40 euros, la cotización mínima sería de 12,5 euros mensuales, sin aplicar la reducción de 0,5% y de 8,33 con la reducción"
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