Sí;
tiene que tener cotizados 3 años en los últimos 12.
Tiene 90 días, una vez se le acabe el paro.
Puede elegir a cotizar entre la media de la base de los últimos 12 meses cotizados, la base mínima del RETA, la máxima del régimen en que estaba encuadrado, siempre que hubiese cotizado a la misma al menos 24 meses en los últimos 5 años, o una base intermedia entre las citadas.
Se aplica a dicha base el porcentaje del 28,3%.