desestimacion recurso de alzada por tarifa plana

Val-2005

Miembro
Buenos días.

Nos llegó en agosto una reclamación por aplicación de bonificaciones indebidas de una tarifa plana en 2014.
La cuestión es que una empresa que no tenía trabajadores contrató un trabajador y a los 4 días le dió de baja por no superación del periodo de prueba. Al día siguiente a su baja dio de alta a otro trabajador (por el que se han estado aplicando las bonificaciones) con contrato de tarifa plana.
Presentamos en agosto el recurso de alzada y ahora nos llega la contestación de que lo desestiman porque "a efectos de examinar el nivel de empleo y su mantenimiento no se tendrán en cuenta las extinciones de contrato de trabajo por causas objetivas o por despidos disciplinarios que no hayan sido declarados improcedentes y la baja de su trabajador D. ..............  fue por situación 85 cese en periodo de prueba, no estando entre las excepciones citadas en dicho artículo".

¿pensais que es conveniente presentar recurso contencioso administrativo? ¿ a alguien más le ha pasdo igual?

Cada vez me da más miedo aplicar contratos con bonificaciones.
 

Ro

Miembro activo
Pues yo entiendo que no tienen razón. Es verdad que la tarifa plana no considera el no superar período de prueba como excepción por lo que si ésta se produce después de la contratación del bonificado no mantendrías la plantilla, nivel de empleo, incumplirías y tendrías que devolver bonificación. Pero... esa extinción (no superar período de prueba) se produce con anterioridad aunque solo sea un día de la nueva contratación bonificada y en este caso lo que tiene que haber es un incremento del nivel de empleo en los 30 días anteriores, y yo entiendo que sí los hay pues de no haber nada hay 1 unos días y 1 el resto.

Imagina del 01 a 26 no hay trabajadores
Del 26 a 30 hay 1
El día 1 se hace indefinido al nuevo.
Por lo tanto 4:30 = 0,133 ( nivel de empleo en los 30 días anteriores)
Y el día 01...= 1 (nivel de empleo el día de la contratación)

Si hay incremento nivel de empleo por lo que no hay razón para denegación de bonificaciones.
Solo veo un motivo por el que podrían no entender esto y es si le has pagado vacaciones al de los 4 días... salvo eso no veo razón para la desestimación.
Y por cierto en todo caso sería reintegro por incumplimiento del incremento del nivel de empleo, no mantenimiento tal y como exponen en su comunicación. Por lo tanto o hay algo más o no entiendo esa denegación del recurso.

 
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