InmaRase
Miembro activo
Buenos días.
Se me presenta el caso de que una empresa quiere desistir de un trabajador de Alta dirección.
En el contrato de Alta Dirección se pacta expresamente que la empresa podrá desistir de el con un preaviso de 2 meses y con una Indemnización equivalente a 7 días por año trabajado.
Tengo entendido que este tipo de inmdenización tributa? es asi?
Y con que la empresa entregue una carta en la que desiste de el y ponga a disposición del trabajador la indemnizacion sería suficiente? Muchas GRACIAS
Se me presenta el caso de que una empresa quiere desistir de un trabajador de Alta dirección.
En el contrato de Alta Dirección se pacta expresamente que la empresa podrá desistir de el con un preaviso de 2 meses y con una Indemnización equivalente a 7 días por año trabajado.
Tengo entendido que este tipo de inmdenización tributa? es asi?
Y con que la empresa entregue una carta en la que desiste de el y ponga a disposición del trabajador la indemnizacion sería suficiente? Muchas GRACIAS