DESPIDO CAUSAS OBJETIVAS Y REDUCCION JORNADA GUARDA LEGAL

GEMMAMAT

Nuevo miembro
BUENAS TARDES:

TRABAJADORA A TIEMPO COMPLETO , PIDE REDUCCION DE GUARDA LEGAL , SU SALARIO MENSUAL ES DE 1525 ANTES DE DICHA REDUCCIÓN. SE LA VA A DESPEDIR DENTRO DE POCO, PERO EL SALARIO QUE LE HE CALCULADO DEL 100% PARA LA INDEMNIZACIÓN ES DE 1398, DEBIDO A QUE ANTERIORMENTE A LA REDUCCION DE JORNADA , LA EMPRESA LE ESTABA PAGANDO UNA CANTIDAD UN POCO MÁS ELEVADA DE LAS PAGAS EXTRAS.

QUE SALARIO DEBO COGER: EL QUE TENIA ANTERIORMENTE 1525 O EL QUE HE HALLADO EN PRPORCIÓN A LO QUE ESTÁ COBRANDO AHORA??

GEMMA
 

Nando_bcn

Miembro conocido
No acabo de entender la situacion que planteas, pero, en todo caso, la indemnziacion deberás calcularla en base al salario que le corresponderia si trabajara a jornada completa.
¿Cual sería su salario si trabajara a jornada completa?
 

GEMMAMAT

Nuevo miembro
LA CUESTION QUE POR ERROR ANTERIORMENTE A LA REDUCCION , CUANDO ESTABA A JORNADA COMPLETA TENIA UN SALARIO MÁS ELEVADO QUE EL QUE SALE AHORA HACIENDO LA REGLA DE 3, VAMOS QUE EN LA REDUCCION DE JORNADA SE LE HA IDO BAJANDO EL SALARIO SIN BAJAR EL PORCENTAJE DE REDUCCIÓN DE JORNADA.

GEMMA
 

Ro

Miembro activo
Tienes que poner el salario que tenía antes de la reducción. Si le pagabais más por error no es problema de la trabajadora, ella o sus  representantes te reclamarán la indemnización correspondiente a lo cobrado y cotizado, independientemente  que le pagarais por encima de convenio, etc..
 

Mr. White

Miembro activo
Perdona, Ro, pero no estoy de acuerdo.

Si le pagaban mal por error, le pagaban mal por error, no por mejorar de forma inequívoca su salario ni por conceder una condición más beneficiosa.

Perfectamente la empresa puede reclamar las diferencias, pues hay un enriquecimiento injusto de la trabajadora. 
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Efectivamente, ese error en lo que le pagaban cuando estaba a jornada completa puede generar la tentación de reclamar que la indemnziacion se calcule en base a ese salario erróneo que percibia cuando estaba a tiempo completo.
Será cuestion de que la empresa pueda defender cuál es el salario que realmenre corresponderia en su caso (y actualmente) si trabajara a jornada completa.

En todo caso,  y por coherencia, la empresa debería ajustar esas diferencias (al menos de los últimos 12 meses, si es el caso) que la trabajadora percibio de más por error.

Saludos
 

Ro

Miembro activo
No comparto vuestra opinión, error o no, la empresa le pagaba más, cómo demuestra que fue un error, "un error durante un año" sospechoso no??
Los convenios nos imponen los mínimos garantizados para un trabajador, lógicamente no lo máximo, por lo tanto, yo como empresa digo que le pago más por error, y ahora que la quiero despedir y encima estando en guarda legal, aún siendo por causas ecónomicas el despido digo que su salario no era correcto.
Lo normal sería en el momento de darse cuenta del error regularizar, y No esperar ahora que la voy a despedir para decir que le pagaba de más.
Yo realmente por la diferencia de indemnización no me arriesgaría a un despido improcedente o más bien nulo al estar en guarda legal, si no puedo probar perfectamente la causa de despido objetivo.
 

Mr. White

Miembro activo
Lo normal sería en el momento de darse cuenta del error regularizar, y No esperar ahora que la voy a despedir para decir que le pagaba de más.

Perfectamente se han podido dar cuenta de ese error en el momento de calcular el despido...

la empresa le pagaba más, cómo demuestra que fue un error, "un error durante un año" sospechoso no??

El tiempo que haya durado el error en principio da igual, o no tiene por qué ser relevante (además, hablamos de un año, no de 20 años), a efectos de derechos adquiridos y según doctrina consolidada del Tribunal Supremo...

Además, el error se manifiesta en las pagas extras, que se abonaban en importe superior, lo cual parece que es más difícil de detectar...

Lo importante es que haya existido una voluntad inequívoca de la empresa de "subirle" el sueldo, lo cual tendrá que acreditar la trabajadora...

Yo realmente por la diferencia de indemnización no me arriesgaría a un despido improcedente o más bien nulo al estar en guarda legal, si no puedo probar perfectamente la causa de despido objetivo.

Si no puede probar la causa del despido objetivo, daría igual si la indemnización está bien o mal...

 

Mr. White

Miembro activo
Ya, Fernando, pero la trabajadora también tendrá que acreditar que ha existido una voluntad inequívoca de la empresa de subirla el sueldo, pues la carga de la prueba le corresponde a ella en ese punto...

La empresa, con llevar a la persona que hace las nóminas al juicio y que ésta diga que "se equivocó" al hacer las nóminas de esa trabajadora, ya pone la pelota en el tejado de la trabajadora...

Además,  la voluntad inequívoca de mejorar las condiciones de los trabajadores debe ser por voluntad de la empresa (y cuando se habla de "empresa" se debe entender por personal con capacidad de decisión: directores generales, directores de RRHH, jefes de personal,..., no un administrativo que se "confunde" voluntaria o involuntariamente)...



 

Raquel GR

Miembro activo
Yo no le daría más vueltas, el salario que tiene ahora mismo con la reducción e incrementado al 100%, a la hora de hacer la reducción por guarda pueden pactar otro salario, incluso más elevado y yo cogería el que tiene de la reducción pero incrementado al 100%, si no le hubiera parecido correcto ya lo habría dicho.
 
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