SEGUN EL ART. 51 DEL ET EL DESPIDO COLECTIVO SOLO SERIA POR CAUSAS ECONOMICAS. ORGANIZATIVAS.... Y CON LOS LIMITES QUE SE ESTABLECEN EN EL PROPIO ARTICULO, LUEGO POR TANTO, EN NINGUN CASO SERIA DESPIDO COLECTIVO AUNQUE SE DESPIDIERAN A LOS 5 TRABAJADORES DE UNA EMPRESA PERO POR MEDIO DE DESPIDO DISCIPLINARIO Y ADEMAS CON RECONOCIMIENTO DE IMPROCEDENCIA, YO ENTIENDO QUE NO, PERO MAS VALE CONFIRMARLO CON OPINIONES EXPERTAS. GRACIAS