Buenas tardes. A ver si podéis orientarme en este tema.
Restaurante con sus cinco trabajadores recuperados del ERTE al 100% y que, actualmente se bonifica por el tema del CNAE.
Un trabajador quiere dejar este trabajo pero que la empresa "le prepare el paro" (Esto es la picaresca española).
Le comento a la empresa que no puede hacer un despido económico, porque podría tener problemas al identificar este motivo con causas COVID, no puede hacer despido improcedente porque perdería las bonificaciones por el tema de salvaguarda de empleo. Le digo que la única forma es hacer un despido, y hacer el "papel" de denuncia del trabajador ante el UMAC, no llegar a acuerdo, una nueva denuncia ante el Juzgado de lo Social y el día del juicio presentarse solo la empresa y que el juez declare judicialmente la procedencia del despido por incomparecencia del trabajador.
Todo este tema lo tengo así de claro porque de esta forma se dijo en uno de los muchos cursos que hemos hecho.
El trabajador se escama ( si es que de verdad, me entran ganas de pegarle una patada a todo esto!!) y va a un sindicato donde le dicen que no hace falta nada de todo esto, que pongan motivo en carta y que se entiende que el trabajador a no reclamar en el plazo de 20 días ante el UMAC, el despido ya se considera procedente.
Y yo, hecho un mar de dudas..... Gracias por vuestra opinión.
Restaurante con sus cinco trabajadores recuperados del ERTE al 100% y que, actualmente se bonifica por el tema del CNAE.
Un trabajador quiere dejar este trabajo pero que la empresa "le prepare el paro" (Esto es la picaresca española).
Le comento a la empresa que no puede hacer un despido económico, porque podría tener problemas al identificar este motivo con causas COVID, no puede hacer despido improcedente porque perdería las bonificaciones por el tema de salvaguarda de empleo. Le digo que la única forma es hacer un despido, y hacer el "papel" de denuncia del trabajador ante el UMAC, no llegar a acuerdo, una nueva denuncia ante el Juzgado de lo Social y el día del juicio presentarse solo la empresa y que el juez declare judicialmente la procedencia del despido por incomparecencia del trabajador.
Todo este tema lo tengo así de claro porque de esta forma se dijo en uno de los muchos cursos que hemos hecho.
El trabajador se escama ( si es que de verdad, me entran ganas de pegarle una patada a todo esto!!) y va a un sindicato donde le dicen que no hace falta nada de todo esto, que pongan motivo en carta y que se entiende que el trabajador a no reclamar en el plazo de 20 días ante el UMAC, el despido ya se considera procedente.
Y yo, hecho un mar de dudas..... Gracias por vuestra opinión.