Buenos tardes a todo@s
Pues volvemos a tener un procedimiento "cutre" en la empresa.
Trabajadora de baja larga duración. Nos comunica que posiblemente le den de alta la semana que viene.
La empresa quiere hacer despido disciplinario reconociendo la improcedencia y abonando le 33 días (no existe causa).
Hace poco os pregunte por un caso de desigualdad salarial y posible discriminación. Pues bien, una de las trabajadoras con dicha desigualdad es ella.
Dudas:
1. Si la trabajadora no acepta el acuerdo y firma no conforme tanto en carta despido como acuerdo privado. ¿La empresa debería transferirle igualmente el importe de la indemnización ofrecida?
2. ¿Qué posibilidad habría si se llegase a juicio de que lo declararán nulo? Teniendo en cuenta que ya se está especificando que el disciplinario en la carta de despido no existe causa demostrable ¿Se podría entonces llegar a una conclusión de que es por la baja por enfermedad.
3. ¿Sería conveniente entonces llegar a pacto en el Smac pagando una indemnización mayor a la propuesta en el acuerdo? ¿cómo se estima este importe?
4. La trabajadora podría acumular causas en la papeleta de conciliación incluyendo el tema de diferencia salarial alegando discriminación por género. Esta causa además ¿podría dar más peso a declarar el despido nulo?
Entiendo que en tal caso también reclamaría indemnización adicional por vulneración de derechos fundamentales. ¿En esta posible indemnización se tendrían en cuenta discriminación por baja laboral + género?
Resumiendo, si no se llega a acuerdo en el Smac y se va a juicio, podría pasar lo siguiente:
- Despido nulo
- importe del último año de diferencia salarial por discriminacion por genero.
Incorporación a la empresa (en caso de reconocer la desigualdad se le debería igualar el sueldo al de los trabajadores hombres).
- Salarios de tramitación (en caso de reconocer la desigualdad se le deberían abonar igualando el sueldo al de los trabajadores hombres).
- Posible indemnización adicional por vulneracion derechos fundamentales
Y no sé si además posible sanción a la empresa por los casos expuestos.
(* Corregidme en todo lo que esté equivocado)
Si esperase la empresa cierto tiempo (dos meses) en despedir a la trabajadora pero actuando de la misma manera con el despido. ¿Se podría evitar el despido nulo?
En caso de correr demasiado riesgo de nulidad, y expuesto todo los que en caso de nulidad debiera pagar. ¿Qué importen se podría pactar? Por ejemplo, un año de salarios + indemnización o como se estima.
!Gracias compañer@s!
Pues volvemos a tener un procedimiento "cutre" en la empresa.
Trabajadora de baja larga duración. Nos comunica que posiblemente le den de alta la semana que viene.
La empresa quiere hacer despido disciplinario reconociendo la improcedencia y abonando le 33 días (no existe causa).
Hace poco os pregunte por un caso de desigualdad salarial y posible discriminación. Pues bien, una de las trabajadoras con dicha desigualdad es ella.
Dudas:
1. Si la trabajadora no acepta el acuerdo y firma no conforme tanto en carta despido como acuerdo privado. ¿La empresa debería transferirle igualmente el importe de la indemnización ofrecida?
2. ¿Qué posibilidad habría si se llegase a juicio de que lo declararán nulo? Teniendo en cuenta que ya se está especificando que el disciplinario en la carta de despido no existe causa demostrable ¿Se podría entonces llegar a una conclusión de que es por la baja por enfermedad.
3. ¿Sería conveniente entonces llegar a pacto en el Smac pagando una indemnización mayor a la propuesta en el acuerdo? ¿cómo se estima este importe?
4. La trabajadora podría acumular causas en la papeleta de conciliación incluyendo el tema de diferencia salarial alegando discriminación por género. Esta causa además ¿podría dar más peso a declarar el despido nulo?
Entiendo que en tal caso también reclamaría indemnización adicional por vulneración de derechos fundamentales. ¿En esta posible indemnización se tendrían en cuenta discriminación por baja laboral + género?
Resumiendo, si no se llega a acuerdo en el Smac y se va a juicio, podría pasar lo siguiente:
- Despido nulo
- importe del último año de diferencia salarial por discriminacion por genero.
Incorporación a la empresa (en caso de reconocer la desigualdad se le debería igualar el sueldo al de los trabajadores hombres).
- Salarios de tramitación (en caso de reconocer la desigualdad se le deberían abonar igualando el sueldo al de los trabajadores hombres).
- Posible indemnización adicional por vulneracion derechos fundamentales
Y no sé si además posible sanción a la empresa por los casos expuestos.
(* Corregidme en todo lo que esté equivocado)
Si esperase la empresa cierto tiempo (dos meses) en despedir a la trabajadora pero actuando de la misma manera con el despido. ¿Se podría evitar el despido nulo?
En caso de correr demasiado riesgo de nulidad, y expuesto todo los que en caso de nulidad debiera pagar. ¿Qué importen se podría pactar? Por ejemplo, un año de salarios + indemnización o como se estima.
!Gracias compañer@s!