Hola a tod@s, aqui un hilo de plazos a ver si lo véis como yo...
En una empresa en ERTE FM desde 14-3-20, una trabajadora fue despedida el 3 de abril de 2020 por despido disciplinario. Recibió la carta el mismo día 3 e impugnó el despido el 20 de abril presentando papeleta de conciliación. Hasta aqui bien, los plazos se levantan el 4 de junio, por lo que los 15 días de interrupción del plazo de caducidad se inician el 4-6-20 y terminan el 29 de junio, y es desde esta fecha cuando se inicia el plazo de los 20 días de despido (o esa es mi interpretación). La demanda la presenta el 30 de julio, con lo que han transcurrido 24 días hábiles desde el inicio del plazo de caducidad de los 20 días, entendiendo que la demanda está caducada. El juicio es la primera semana de marzo, y están en juego todas las ayudas recibidas por la empresa por el ERTE.
A lo anterior, habría que añadir lo siguiente:
- El 11 de junio de 2020 EL SMAC le notifica a la trabajadora, que el 25 de mayo de 2020, fecha en la que estaba señalado el acto de conciliación, quedaba suspendido y se daba por cumplido el trámite de conciliación en base al artículo 65.2 LRJS.
- La trabajadora volvió a presentar una segunda papeleta de conciliación de despido en agosto, siendo el acto de conciliación en septiembre 2020.
¿desvirtúan los dos puntos anteriores relativos al certificado del SMAC y segunda papeleta de despido, la declaración de la caducidad de la acción?
Entiendo que la segunda papeleta de despido no desvirtúa nada, pero el certificado del SMAC?
Mil gracias de antemano
En una empresa en ERTE FM desde 14-3-20, una trabajadora fue despedida el 3 de abril de 2020 por despido disciplinario. Recibió la carta el mismo día 3 e impugnó el despido el 20 de abril presentando papeleta de conciliación. Hasta aqui bien, los plazos se levantan el 4 de junio, por lo que los 15 días de interrupción del plazo de caducidad se inician el 4-6-20 y terminan el 29 de junio, y es desde esta fecha cuando se inicia el plazo de los 20 días de despido (o esa es mi interpretación). La demanda la presenta el 30 de julio, con lo que han transcurrido 24 días hábiles desde el inicio del plazo de caducidad de los 20 días, entendiendo que la demanda está caducada. El juicio es la primera semana de marzo, y están en juego todas las ayudas recibidas por la empresa por el ERTE.
A lo anterior, habría que añadir lo siguiente:
- El 11 de junio de 2020 EL SMAC le notifica a la trabajadora, que el 25 de mayo de 2020, fecha en la que estaba señalado el acto de conciliación, quedaba suspendido y se daba por cumplido el trámite de conciliación en base al artículo 65.2 LRJS.
- La trabajadora volvió a presentar una segunda papeleta de conciliación de despido en agosto, siendo el acto de conciliación en septiembre 2020.
¿desvirtúan los dos puntos anteriores relativos al certificado del SMAC y segunda papeleta de despido, la declaración de la caducidad de la acción?
Entiendo que la segunda papeleta de despido no desvirtúa nada, pero el certificado del SMAC?
Mil gracias de antemano