Buenos días, he seguido algunos de hilos en materia de despido disciplinarios y me gustaría la opinión de algún compañero sobre el siguiente tema: a raíz de las sentencia del Tribunal Supremo de fecha 25/06/2013, donde se establece que el trabajador puede rechazar el ofrecimiento de readmisión en la conciliación ante el SMAC a la espera de titulo judicial y con el retraso existente en los juzgados ya incluso en materia de despido y atendiendo a que, si o si, los salarios de tramitación hay que pagarlos, si la sentencia declara el despido improcedente ¿no creéis que ahora se sitúa en mejor situación al trabajador que a la empresa, en especial al abono integro de la indemnización, cuando se esta despidiendo prácticamente sin causa? este tema viene a que muchas veces se hacen despidos pensando que vamos a poder conciliar y te puedes encontrar con la sorpresa de que los salarios de tramitación te cuestan más que la propia indemnización en función de la fecha de juicio.
Saludos
Saludos