Despido disciplinario sector construcción

jotas

Miembro
Buenos días.
Si un trabajador falta en el mismo mes 3-4 días sin justificar. Eso en el convenio del construcción es falta muy grave.y en el estatuto de los trabajadores en su artículo 54 dice que es motivo de despido disciplinario la falta injustificada.

Sabéis sin con eso valdría para ese despido. Es que no he encontrado nada en el convenio de la construcción si se puede hacer despido disciplinario por esa falta muy grave.

¿Alguno ha tenido algún caso parecido en la construcción así? Hay algún artículo del convenio de la construcción que diga eso?

Gracias de antemano
 

casf

Nuevo miembro
Buenos días.
Si un trabajador falta en el mismo mes 3-4 días sin justificar. Eso en el convenio del construcción es falta muy grave.y en el estatuto de los trabajadores en su artículo 54 dice que es motivo de despido disciplinario la falta injustificada.

Sabéis sin con eso valdría para ese despido. Es que no he encontrado nada en el convenio de la construcción si se puede hacer despido disciplinario por esa falta muy grave.

¿Alguno ha tenido algún caso parecido en la construcción así? Hay algún artículo del convenio de la construcción que diga eso?

Gracias de antemano
Buenos días! en el Convenio Colectivo General de la Construcción en el artículo 106 1. c) establece para las faltas muy graves la suspensión de empleo/sueldo y el despido.
 

jotas

Miembro
Naialaboral, y si por ejemplo en ese trámite de audiencia, si cuando le da la carta la empresa al trabajador, en esas 47 horas , el trabajador va al médico y se pide la baja por algo mental por ejemplo, ya liada para la empresa que se tiene que comer la baja.
¿O durante el tiempo de la entrega de la carta hasta el despido la ley le protege de alguna forma a la empresa ante esta tipo de situaciones que podría hacer el trabajador para vengarse ante el despido?
 

Naialaboral

Miembro conocido
Naialaboral, y si por ejemplo en ese trámite de audiencia, si cuando le da la carta la empresa al trabajador, en esas 47 horas , el trabajador va al médico y se pide la baja por algo mental por ejemplo, ya liada para la empresa que se tiene que comer la baja.
¿O durante el tiempo de la entrega de la carta hasta el despido la ley le protege de alguna forma a la empresa ante esta tipo de situaciones que podría hacer el trabajador para vengarse ante el despido?
Si se padie la baja después de darle la carta de trámite de audiencia, el proceso de despido sigue igual... Lo hacen muchos, pero demostrando que se ha entregado antes la carta no pasa nada
 

VILA100

Miembro conocido
O durante el tiempo de la entrega de la carta hasta el despido la ley le protege de alguna forma a la empresa ante esta tipo de situaciones que podría hacer el trabajador para vengarse ante el despido?
Sin problema, pues, al haberle entregado la comunicación ya alejas la sospecha de que el despido es causa de la baja médica

Salu2
 
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