FERNANDO dijo:
¿En un despido disciplinario, Fernando?
La norma establece esxpresamente la obligación de informar al comité del preaviso en el caso de despido objetivo por amortización de puesto de trabajo, pero en el resto de casos, y más aún un despido disciplinario y reconocido como improcedente... y si no consta la afiliación del trabajador a un sindicato...
Que informes luego, vale, pero de forma previa, un disciplinario de esos de hoy para hoy..., no lo veo, al menos como obligación por parte de la empresa el informar previamente al comité o delegado sindical (¿de qué sindicato?, si no te consta la afiliación), en la medida en que no se trate de un trabajador de cuya afiliación sindical tengáis constancia.
Vaya, salvo mejor criterio u opinión, claro.
Saludos