La empresa tiene una trabajadora en situación de baja por Riesgo durante el Embarazo (RE).
Para sustituirla se ha contratado a otra mujer mediante un contrato de interinidad por sustitución de la trabajadora en baja por RE.
Durante la vigencia de este contrato de interinidad, esta trabajadora se ha quedado embarazada y también ha cogido la baja por RE.
La primera trabajadora en baja por RE ya ha dado a luz, por lo que el contrato de interinidad debe causar baja, pero mi pregunta es: ¿ Al estar la trabajadora sustituta de también de baja por RE, debo darle de baja en la seguridad social por finalización del contrato o debo mantenerla en alta hasta el día del parto y con posterioridad hasta que agote la maternidad?
Para sustituirla se ha contratado a otra mujer mediante un contrato de interinidad por sustitución de la trabajadora en baja por RE.
Durante la vigencia de este contrato de interinidad, esta trabajadora se ha quedado embarazada y también ha cogido la baja por RE.
La primera trabajadora en baja por RE ya ha dado a luz, por lo que el contrato de interinidad debe causar baja, pero mi pregunta es: ¿ Al estar la trabajadora sustituta de también de baja por RE, debo darle de baja en la seguridad social por finalización del contrato o debo mantenerla en alta hasta el día del parto y con posterioridad hasta que agote la maternidad?