despido en periodo de lactancia

rafags

Nuevo miembro
hola, tengo una trabajadora que ha cedido el disfrute del periodo de lactancia a su marido.
la empresa me ha solicitado que despida a la trabajadora reconociendo la improcedencia del mismo.
Entiendo que como ella no está en situacion de lactancia por menor de 9 meses puedo despedirla sin que el contrato se declare nulo. Estoy en lo cierto ?

gracias y saludos
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Es igual, hasta pasados 9 meses del parto (es decir, el equivalente al periodo de lactancia, aunque no disfrute del permiso) el despido es nulo (salvo que sea procedente, claro).

La verdad es que la nulidad del despido en caso de estar disfrutando del pemiso de lactancia, al menos para la mujer, es redundante.

Es lo que hay.

Saludos
 

rafags

Nuevo miembro
GRACIAS por la rápida respuesta,
otra duda que me surge, es si la trabajadora hubiera agrupado las horas de lactancia,por ejemplo 15 dias despues de la maternidad, cuando se reincorpore se podría despedir sin ser nulo o como comentais, agrupe las horas de lactancia, las ceda al marido o no lo solicite, hasta que el niño cumpla 9 meses está blindado no?

saludos
 

fundación

Miembro conocido
El despido será nulo salvo que sea procedente por motivos no relacionados con el embarazo o con el ejercicio del derecho a los permisos y excedencia por cuidado de hijo.
 

elchuske

Miembro conocido
vamos a ver que te vas a meter en un fregao y todavia no eres consciente de ello. Mientras este de baja por maternidad nada de nada, ni tocarla, Mientras este en la agrupacion de los dias como consecuencia de su acumulacion de las horas de lactancia, nada de nada, ni tocarla. Cuando se reincorpore o antes vendra con su carta de reduccion de jornada y si no lo hace asi es que esa trabajadora es super tonta . Te entrega la cartita y automaticamente su contrato esta blindado los proximos 8 años. Y a joderse tocan . Y no se te ocurra hacer el canelo de despedirla porque la mandas a casa, el juicio saldra cuando saldra. el despido es nulo porque daña derechos fundamentales y le pagas los salarios de tramitacion. Casi un año en casita y cobrando de la empresa. Te das cuenta ahora de donde te quieres meter????. Olvidalo no tiene solucion
 

CHARO

Miembro conocido
Aclaro mi pregunta anterior ¿el verdadero motivo de despido es la maternidad?
 

CHARO

Miembro conocido
A elchuske, sinceramente no acabo de entenderte, si la trabajadora pedi la reducción  es una espabilada, y si no lo hace es una tonta, entonce¿?..... ???
 

elchuske

Miembro conocido
teneis razon ya nunca mas opinare sobre esto porque se me ve el plumero .A quien dios se la de san pedro se la bendiga. Solo una aclaracion. tal y como estan las cosas si no pìde la reduccion es que esta un poquito despistada. Si la pide, pues como el estado se ha inventado esta movida que la pague y que no las traspase. Tema concluido por mi parte
 

CHARO

Miembro conocido
elchuske dijo:
teneis razon ya nunca mas opinare sobre esto porque se me ve el plumero .A quien dios se la de san pedro se la bendiga. Solo una aclaracion. tal y como estan las cosas si no pìde la reduccion es que esta un poquito despistada. Si la pide, pues como el estado se ha inventado esta movida que la pague y que no las traspase. Tema concluido por mi parte


No te lo tomes así hombre, que es desde el cariño. Ya sabemos que has pasado por una muy, muy, muy mala experiencia. Pero ahora quizás pagan todas las empresas, porque antes pagaban todas las mujeres que cuando optaban por su derecho a ser madre, tenían que renunciar a su derecho a trabajar, precisamente por los abusos habidos por parte de muchas empresas. Y para muestra un botón, a ver si tenemos suerte y rafagas nos aclara el motivo real del despido.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Pero es que es igual como opte por disfrutar el permiso de lactancia. Hasta pasados 9 meses del parto o de la fecha de acogimiento o adopción, , el despido, salvo que sea procedente, es nulo. Ya comenté que la inclusión como causa de nulidad de solicitar o disfrtuar dle permiso de lactancia es redindante.


Art 55 ET:

"...
Será también nulo el despido en los siguientes supuestos:
...
c) El de los trabajadores después de haberse reintegrado al trabajo al finalizar los períodos de suspensión del contrato por maternidad, adopción o acogimiento o paternidad, siempre que no hubieran transcurrido más de nueve meses desde la fecha de nacimiento, adopción o acogimiento del hijo.
..."
 

rafags

Nuevo miembro
hola a todos,  el motivo del despido no está relacionado con la maternidad de hecho esta trabajadora lleva 5 años en la empresa y ya tuvo un hijo antes, pidió excedencia, se reincorporó y  no hubo problemas.

el tema radica en que es una clínica privada que tiene concertados los at con una mutua y últimamente los casos de it han descendido notablemente pero no el resto de la actividad de la empresa pero a esta trabajadora se la contrató para llevar los temas de at.

Mi duda está en que si intento un despido objetivo y no tengo una posición muy firme para demostrar la situación económica negativa..., que junto a la situación de lactancia se  declarara nulo el despido.

gracias y saludos
 

elchuske

Miembro conocido
yo no digo nada que conste , espero que rafagas nos cuente como le va a ir con tamaña osadia , lo que digo, si todavia quedan valientes  jejejejej.
venga rafagas te haces con una buena provision de somniferos que los vas a necesitar . Mucha valeriana, y una tilita antes de acostarte.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Hay de todo.
Yo hace unos meses extingui un contrato por no superacion del periodo de prueba a una embarazada. Es más, se lo comunicamos el mismo día del parto (no lo sabíamos, ya que se le adelantó unos días).
Evidentemente  reclamó la nulidad.
Pero como teníamos tan claro que habían motivos más que suficientes y, evidentemente, totalmente ajenos al hecho del embarazo y posterior maternidad (más prueba que haberla contratado sabiendo que estaba embarazada).
Aunque es cierto que en estas circusntancias, la proteccion es tan grande que toda precaucion  es poca y siempre pueden haber sorpresas (y, desde la posición de la empresa, para mal, claro).
En fin, el caso es que lo arreglamos de forma muy satisfactoria.

Cada uno esta marcado por las experiencias que ha vivido, y está claro, como ya he dicho, que aquí la posicion de la empresa es bastante débil. Pero hay que ver cada caso, y cuando existe una causa clara y podemos desvirtuar la presunción de ánimo discriminatorio por parte de la emprea, yo no veo temerario intentarlo.
 

rafags

Nuevo miembro
sé que esto me va a quitar el sueño unos cuantas noches, pienso que lo tengo crudo, no mejor muy crudo pero la empresa está advertida de dónde se mete y aún así quiere seguir adelante, bueno así que ya veremos dónde llegamos, aunque aquí no vale el dicho "por intentarlo no pasa nada" no?
 

CHARO

Miembro conocido
Lo tienes ciertamente mal, muy mal. Yo esperaría un tiempo y rezaría para que no pidiera guarda legal para poder despedirla.
 
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