DESPIDO-ERTE-

loli

Miembro
hemos estado en ERTE FM, el cual hemos prorrogado
queremos despedir un empleado....como podemos hacer?
1. si pidiera baja voluntaria....y pagamos un incentivo....pero como podemos pagar ese incentivo?
2. despido declarado procedente...y que cobra desempleo...como pagamos indemnizacion camuflada?
3. como podemos hacer para no perder exoneraciones?

si a partir de este mes dejaramos de exonerarnos....valdria despedir? pero como puedo dejar de exonerarme si la exoneracion la marca la seguridad social?

que lio

gracias
 

Santiago

Miembro conocido
Muy buenas
1. Si pide baja voluntaria no tendrá derecho a paro. Si le queréis pagar un incentivo habría que hacerlo muy bien y que no fuera por un importe muy elevado. Y que el trabajador acepte la baja voluntaria y no cobrar desempleo.

2. El despido declarado como procedente , salvo mejor opinión, debe ser declarado por un juez, no sirve que el trabajador en el Acto de conciliación admita la procedencia, o al menos eso tengo entendido. Aquí el tema no está en la indemnización sino en que si ese despido no se declara procedente perderíais las exoneraciones.

3. Depende del importe de las exoneraciones que estemos hablando. Si es una cantidad pequeña, igual es más rentable devolverlas y despedir al trabajador. Si hablamos de importes elevados, creo que lo más recomendable es esperar a que pasen los 6 meses.

Entiendo que si no solicitáis ERTE por limitación, impedimento o CNAE no váis a exonerar más cuotas a partir del 1 de octubre


 

CrisFM

Miembro
SANTIAGO dijo:
2. El despido declarado como procedente , salvo mejor opinión, debe ser declarado por un juez, no sirve que el trabajador en el Acto de conciliación admita la procedencia, o al menos eso tengo entendido. Aquí el tema no está en la indemnización sino en que si ese despido no se declara procedente perderíais las exoneraciones.

Eso es correcto, pero es una gran trampa legislativa. SI un trabajador comete una falta muy grave por la que se le despide disciplinariamente y decide no impugnar el despido, no es justo que la empresa pierda las exoneraciones por una decisión que depende exclusivamente de un tercero, el trabajador, al que no se puede obligar a que demande. Esta manera de legislar es absurda, al menos cuando el despido es verdadero y no es un arreglo.

Por otro lado, si se le paga un incentivo a una baja voluntaria, ese incentivo llevará retención de iRPF y deberá cotizarse.
Si le haces un despido y le pagas indemnización, entonces sí estás reconociendo implícitamente que es improcedente.
 
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