DESPIDO EXPRESS

JAVIER_R

Miembro activo
COMENTAROS PARA LIAROS AUN MAS, JEJEJE..QUE AYER TUVIMOS UN CURSO SOBRE LA REFORMA LABORAL CON EL JEFE DE INSPECCION DE TRABAJO DE LA PROVINCIA Y, NOS DEJO BIEN CLARITO, QUE EL DESPIDO EXPRESS SIGUE EXISTIENDO TAL CUAL, ES DECIR, QUE PUEDES DESPEDIR A UN TRABAJADOR Y RECONOCER EN ESE MISMO MOMENTO LA IMPROCEDENCIA DEL DESPIDO CON 45 DIAS O 33 SEGUN PROCEDA.....TOMA YA!!

  YO YA NO SÉ NI QUE PENSAR...

  TODO ESTO LO DIGO AL HILO DEL TEMA QUE ESTA ABIERTO POR ALGUN SITIO DEL FORO QUE AHORA MISMO NO ENCUENTRO, PERO PARECE SER QUE LOS TIROS VAN  POR AHI.

  UN SALUDO
 

MAJOGA

Nuevo miembro
:eek:. Yo tambien estuve en una ayer en mi provincia pero ahora no me acuerdo de si se menciono este tema... :-[
 

MAJOGA

Nuevo miembro
Eso parece, porque en el RD lo pone bien claro y ayer mismo, en las noticias vi un trozo del debate en el que se debia convalidar la reforma y Bañez lo dijo bien claro tambien, desaparece el despido express, el despido ha de ser siempre con causa.
 

manolo

Miembro activo
No liemos, una cosa es el despido expres tal y como estaba redactado en el E.T. (reconocimiento de improcedencia y consignacion en el juzgado) que es lo que han eliminado, y otra muy distinta es que tu entregues tu carta de despido con causa y posteriormente en procedimiento extrajudicial le ofrezcas la indemnizacion al trabajador y te la acepte, de igual manera lo puedes hacer en conciliacion administrativa. 

Por lo menos eso quedo claro en unas jornadas donde el ponente fue el presidente de la sala de lo social del TSj de Murcia.

Y siempre que no superes los maximos previstos, sigue exento de irpf como antes.
 

MAJOGA

Nuevo miembro
Si, si, si eso esta claro. Pero el consultante hablaba del reconocimiento de la improcedencia del despido en el mismo momento de producirse el mismo, no en un acto extrajudicial posterior. Es que solo faltaba que no se pudiera, como los juzgados no estan colapsados, pues nada, que todos los despidos tuvieran que acabar alli para que el juez determinara si eran o no improcedentes.
 

FERNANDO

Miembro conocido
Coño, si el trabajador acepta la indemnización y lo pacta contigo después del despido, claro que se puede extinguir el contrato-
 

MAJOGA

Nuevo miembro
Pues yo ese Coño no lo secundo para nada. Que a unas personas les cueste (entre las que me incluyo) mas que a otras "pillar" una determinada cuestion, no es para que se de una respuesta en esos terminos. Si os cansa ver dar vueltas a un tema, no contesteis y punto
 
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