Buenas tardes,
Todavia estoy "verde" con este tema, por favor necesitaria una "verdadera aclaración".
Quiero hacer un despido porque no quiero tener ya a este trabajador.Lo quiero despedir con todo, es decir, no le voy a quitar nada y le pagaré lo que le corresponde totalmente (en este caso por 45 y 33 dias ya que tiene antigúedad desde el 2004).
Las dudas son:
1) Cómo le pagaré lo legal, esa indemnización no cotiza. En caso de que le pague algo más SI COTIZARIA al pasarme de los 45/33 dias??.
2) La indemnización real de 45/33 tampoco tiene IRPF al ser la legal....pero???, si yo le despido un dia 27/09/12 como llego a un acuerdo?, es que tengo que ir al SMAC para que me valide el importe real?, entonces aunque le despida el 27/09/12 el SMAC me dará cita el 10/09/12 p.ejem.y le tengo que pagar salarios de tramitación para que me valide esa Indemnización y cotizar por ello??.
3)Cómo ya no puedo reconocer la improcedencia...¿Cómo quedaría su Finiquito con la Indemnización?
Gracias por todo
Todavia estoy "verde" con este tema, por favor necesitaria una "verdadera aclaración".
Quiero hacer un despido porque no quiero tener ya a este trabajador.Lo quiero despedir con todo, es decir, no le voy a quitar nada y le pagaré lo que le corresponde totalmente (en este caso por 45 y 33 dias ya que tiene antigúedad desde el 2004).
Las dudas son:
1) Cómo le pagaré lo legal, esa indemnización no cotiza. En caso de que le pague algo más SI COTIZARIA al pasarme de los 45/33 dias??.
2) La indemnización real de 45/33 tampoco tiene IRPF al ser la legal....pero???, si yo le despido un dia 27/09/12 como llego a un acuerdo?, es que tengo que ir al SMAC para que me valide el importe real?, entonces aunque le despida el 27/09/12 el SMAC me dará cita el 10/09/12 p.ejem.y le tengo que pagar salarios de tramitación para que me valide esa Indemnización y cotizar por ello??.
3)Cómo ya no puedo reconocer la improcedencia...¿Cómo quedaría su Finiquito con la Indemnización?
Gracias por todo