DESPIDO INDEMNIZACION 33 DIAS

Parole

Nuevo miembro
Hola amigos, me urge mucho saber vuestra opinión sobre lo siguiente. Tenemos un despido que se va a producir dentro de las próximas horas. Este trabajador tenía un contrato bonificado por transformación de temporal a fijo, cuya bonificación finalizó el pasado 2009. Mi duda ahora es si podemos despedirlo con la indemnización de los 33 días al reconocer la improcedencia del mismo. Yo entiendo que ahora el contrato no es bonificado sino indefinido ordinario (100) y que si reconocemos la improcedencia la indemnización sería de 45 d/año, pero sinceramente me asalta la duda y por eso acudo a vosotros a ver si alguno me lo puede aclarar. Os lo agradecería mucho porque es urgente.

Muchas gracias y recibid un saludo
 

FERNANDO

Miembro conocido
Los 33 días solo son es en despidos objetivos y con la clausula puesta en su día para poderlo hacer en determinados colectivos.
 

marianog

Nuevo miembro
Si es un contrato de fomento, la indemnización por la improcedencia de un despido objetivo es de 33 días, independientemente de que esté bonificado o no, o de que la bonificación este en vigor o ya haya finalizado.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Efectivamente, a menudo se confunden los contratos bonificados con los de fomento para la contratacion indefinida (que pueden, a su vez, tener bonificacion o no).
Lo determinante es que, tratándose de un contrato de fomento para la contratacion indefinida (e independientemente de si esta o no bonificado), se marcara la casilla de que le es aplicable la Disposición Adicional 1ª de la Ley 12/2001 (y claro, que se haya marcado porque el contrato reune realmente los requisitos para ello).

Y, como ya se ha dicho, de ser aplicable la Disposición Ad. 1ª de la Ley 12/2001, la posibilidad de indemnizar con 33 dias/año (hasta el tope de 24 mendualidades) solo aplica en el caso de despidos objetivos declarados o reconocidos como improcedentes.

Saludos
 
Arriba