Despido nulo con indemnización embargada

Argi

Miembro conocido
Buenos días,

Un tema que no me gusta nada, por variados aspectos:

La empresa quiere despedir a un trabajador que lleva 6 meses de baja. La baja se intuye larga y el motivo de la misma podría ser que derive en una incapacidad. El trabajador tiene un embargo de una cantidad importante en nómina.

La empresa quiere alegar causas económicas. La indemnización de 20 días por año se depositará en la cuenta del embargo.

En el caso de que el trabajador impugne, solicitando la nulidad del despido y se lo den, entiendo que quien tiene que devolver la indemnización dada es el trabajador, no el órgano (juzgado, hacienda...) que ordena el embargo y donde se ha depositado el dinero.

¿Cómo es el procedimiento es estos casos? ¿Tendría prioridad el devolver esa cantidad a la empresa sobre los embargos que se le siguen ejecutando? Si no devuelve el dinero a la empresa, ¿podría ser motivo de despido disciplinario?

Un saludo,



 

FERNANDO

Miembro conocido
Pues entiendo que el juzgado debería devovler esa cantidad. En todo caso, habla antes con el juzgado y explícales el caso.

Si el trabajador no devuelve la cantidad,  entiendo que debería el trabajador explica muy bien la razón por la cual no devuelve el dinero. Si se ve mala fe, sí, se le podría despedir (entiendo).
 

Mr. White

Miembro activo
Es el trabajador quien tiene que devolverla, si no lo hace, demanda por reclamación de cantidad, jurisdicción social.

No es causa de despido no devolver dinero que ha recibido legalmente. Sí lo es el robo, el hurto,...

El juzgado en cuanto llega el dinero lo pone a disposición del acreedor, y una vez lo tiene el acreedor en sus manos, olvídate de que lo vaya a devolver porque luego el despido es nulo...

Esto es como si el trabajador recibe los 20 días/año, se gasta la indemnización en el bingo, luego se declara el despido nulo y la empresa le pide al bingo que le devuelva el dinero que se gastó el trabajador...
 

Argi

Miembro conocido
Mr. White dijo:
Esto es como si el trabajador recibe los 20 días/año, se gasta la indemnización en el bingo, luego se declara el despido nulo y la empresa le pide al bingo que le devuelva el dinero que se gastó el trabajador...

Je,je,je...pues que se lo tome con calma la empresa...porque entiendo que  en caso de readimisión y ya siendo ejecutado un embargo previo en nómina, sin acuerdo con el trabajador no podría ir mensualmente la empresa descontando de la nómina lo que el trabajador le adeuda.

Gracias por las respuestas,
 

Mr. White

Miembro activo
Lo dicho, si no lo devuelve, demanda y en ejecución le embargaran lo que tenga...y si no tiene, pues lo que vaya teniendo en el futuro...
 
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