Despido objetivo por cierre de centro de trabajo. La empresa no puede poner a disposición la indemnización al trabajador. Ahora con la nueva reforma laboral sería despido improcedente, pero la empresa alegará en la carta que no puede poner a disposición la indemnización por razones económicas. ¿como lo veis? ¿cuando debe acreditar la falta de liquidez? ¿en la carta de despido o posteriormente en el juicio?
Si la empresa no dice nada y cuando el trabajador va a cobrar el cheque el banco se lo rechaza, sería 100% improcedente no? Será mejor hacer constar en la carta la imposibilidad del pago por falta de liquidez e intentar acreditarlo tanto las causas del despido objetivo como las razones por las cuales no se ha podido poner a disposición del trabajador la indemnización
Si la empresa no dice nada y cuando el trabajador va a cobrar el cheque el banco se lo rechaza, sería 100% improcedente no? Será mejor hacer constar en la carta la imposibilidad del pago por falta de liquidez e intentar acreditarlo tanto las causas del despido objetivo como las razones por las cuales no se ha podido poner a disposición del trabajador la indemnización