DESPIDO OBJETIVO EN GUARDA LEGAL

CHARO

Miembro conocido
Hola a todos,

Me gustaría preguntaros que posibilidades se tienen a la hora de presentar un Despido objetivo por causas económicas a una persona con reducción de jornada por guarda legal. La empresa puede demostrar perdidas económicas, y consta de 3 trabajadoras fijas, una a jornada completa dedicada a laboral, otra a 30h/s (no por guarda legal) dedicada a fiscal y la tercera a la que se pretende despedir con 35h/s dedicada igualmente a fiscal. La empresa quiere despedir a esta última porque con una persona en fiscal se puede sacar adelante la faena actualmente y el motivo que sea la de reducción de jornada por guarda legal es porque tiene una antiguedad en la empresa de 1 año, mientras que la otra lleva 9 años, por lo que les parece más justo hacerlo así. ¿Podrías decirme si existen posibilidades de prosperar dicho despido (respaldado por datos económicos), ó si la magistratura puede denegarlo, alegando que existen otras personas a las que se puede despedir, que no gozan de reducción de jornada por guarda legal. Gracias
 

FERNANDO

Miembro conocido
Hombre, si se fundamenta bien el despido, sí. De lo contrario, pues sería nulo.Aunque ellos alegarán discriminación al estar con jornada reducida, eso se puede desmontar por el tema del menor coste al tener menos antigüedad.
 

elchuske

Miembro conocido
yo siento discrepar pero a la señorita con jornada reducida la amparan derechos fundamentales porque como yo lo veo es equiparable a los delegados sindicales. por lo tanto, el juez te diria que no puedes y que ella tendria que ser la ultima en salir . mas si es por perdidas, mejor te quitas al que mas cuesta. yo lo veo tema imposible. pero.......... 
es mi  humilde opinion
 

FERNANDO

Miembro conocido
Evidentemente, con estos temas se debe ir con cuidado, pero entiendo que no es así lo que dices. En primer lugar no tiene las mismas garantías que los rep. de los trabajadores, pues la ley nada dice al respecto. Luego, puedes fundamentar el hecho del despido en que te cuesta menos la segunda que la primera y, por tanto, no es que discrimines, sino que despides a esta, simplemente, porque te sale más barata. Y punto.
 
C

Carlos2

Guest
Estoy con Fernando. El despido no es automáticamente nulo como pasa en el caso del despido disciplinario. Otra cosa es que es necesario argumentar que la elección de dicha trabajadora en concreto, tiene una causa ajena a su situación de guarda legal y que en consecuencia, hay una concreta causa que hace que la elección de esta persona frente a otros posibles trabajadores, es necesaria para la viabilidad futura de la empresa. Por ejemplo, en el caso de una trabajadora con jornada reducida al 50% frente a otra con jornada completa en un departamento en el que solamente presten servicios estos dos trabajadores, entiendo que puedes argumentar que necesitas despedir a una de ellas y que tiene que ser la que tiene la jornada reducida, ya que en caso contrario no cubrirías toda la jornada.
 

elchuske

Miembro conocido
pues he visto tantas barbaridades de sentencias en lo que se refiere a las personas con guarda legal que yo no me creo nada, Por ejemplo, persona con reduccion de jornada y guarda legal por nacimiento de hijo, esta persona cuando se reincorporo creia que tenia una hora de lactancia lo cual no es cierto porque se la pretende coger al final o al principio de la jornada hizo sus calculos y efectivamente le salian trabajar desde las 10.30 a 1.30 que es cuando se cierra la empresa, pero claro no es una hora y tiene que entrar a las diez, No puede porque su hija la tiene que dejar en la guarderia. Aporta un certificado de la guarderia que la niña entra a la 9 y desde Pozuelo a Arganda no la da tiempo. La empresa todos los dias la da su cartita de retraso y un advertencia de que se la puede despedir. Despues de 3 meses y con retrasos el 100% de los dias se las despide. Sentencia : dada la imposibilidad de que cumpla su horario el juez ordena que se la autorice por la empresa la entrada media hora tarde . La empresa pide una aclaracion que cuando termine los nueve meses tendra que trabajar 4 horas y entonces llegara tarde una hora. Sentencia el juez ordena que se la autorice mientras dure la guarda legal a llegar una hora tarde por supuesto sin rebaja de salarios .  Y del despido na de na . Asi que contarme como se come esto
 
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