despido objetivo o disciplinario

rosefr

Nuevo miembro
Buenos días compañer@s,

Tengo una duda sobre un despido.
El caso es que el trabajador está a media jornada porque los fines de semana y por las tardes trabaja en otro sitio. El caso es que esta empresa abrio otra y necesita en ocasiones que el trabajador haga algunos fines de semana, pero el trabajador se niega ya que dice que no puede por su otro trabajo. La empresa lo quiere despedir, pero aquí es donde me entra la duda. No se si podría ser un despido objetivo por causas organizativas o disciplinario o improcedente directamente.

Me podeis ayudar por favor?

GRacias :)

Saludos
 

josgalan

Miembro
Buenas,

Para empezar seria necesario por que convenio colectivo se rige la empresa para saber las los requisitos recogidos para catalogar el despido disciplinario. Después causas objetivas, si se contrato al trabajador para un horario concreto, y para realizar unas actividades concretas, estamos hablando de una modificación sustancial de condiciones de trabajo. Yo me decantaría por un despido improcedente.
 

rosefr

Nuevo miembro
El convenio es el de oficinas de farmacia.

Si el horario es concreto, lo que yo creo es que no quiere tener mas al trabajador.
 

FERNANDO

Miembro conocido
Pues habría que ver si tiene derecho a distribuir irregularmente la jornada. Si no es así, al menos el 10% de la misma, lo puede hacer (unas180 horas al año). Por tanto, si el trabajador se negase, sí, se podría despedir por indisciplina.
 

fundación

Miembro conocido
Bueno, vía LET podrá distribuirle irregularmente 90 horas, pues está a media jornada, quitando de unos días y poniendo en otros, respetando los descansos.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Pero la distribución irregular de la jornada no puede implicar trabajar días que no le corresponde (por ej, fines de semana si se le ha contratado para tranabar de lunes a viernes), sino la duración de la jornada ordinaria (trabajar más o menos horas pero dentro de los días que le corresponde trabajar).
Estaríamos ente una modificación sustancial de condiciones de trabajo.
Si la empresa lo que quiere es despedirle, que vaya directamente por el disciplinario, asumiendo que tendrá que reconocer la improcedencia y pagar la indemnización legal en conciliación y sin hacer mención necesariamente a las causas expuestas, ya que no les veo base alguna para el despido e incluso pueden generar confusión.

Saludos
 

fundación

Miembro conocido
Depende, en el contrato puede poner "de lunes a domingo" y luego ya concretar el horario actual entre lunes y viernes.
 

BSK

Miembro activo
Nando_bcn dijo:
Pero la distribución irregular de la jornada no puede implicar trabajar días que no le corresponde (por ej, fines de semana si se le ha contratado para tranabar de lunes a viernes), sino la duración de la jornada ordinaria (trabajar más o menos horas pero dentro de los días que le corresponde trabajar).
Estaríamos ente una modificación sustancial de condiciones de trabajo.
Si la empresa lo que quiere es despedirle, que vaya directamente por el disciplinario, asumiendo que tendrá que reconocer la improcedencia y pagar la indemnización legal en conciliación y sin hacer mención necesariamente a las causas expuestas, ya que no les veo base alguna para el despido e incluso pueden generar confusión.

Saludos

Estoy con nando, aquí lo que se ventila es el "quiero despedirlo y que no me cueste un euro sabiendo que no hay por donde cogerlo". A mi me viene a la cabeza el tema famoso de los "minijobs" que a algunos les encantaría implantar, el minijob es cojonudo, lo reconozco, trabajo 4 horas aquí y 4 horas allá y las cotizo, pero aquí en España trabajas 8 horas aquí por el precio de 4, cotizas 4 lógicamente (o 2) y no vayas a buscar trabajo por ahí que te despido.
 

FERNANDO

Miembro conocido
A ver, a la vista del art. 34 habla de distribuir irregularmente la jornada a lo largo del año, con lo que, entiendo, que sí se puede pedir el trabajo en otro día (dentro de la jornada semanal) pues la ley no impone límites diarios (como sí lo hace a la hora de pedir la reducción por guarda legal, por ejemplo).
 

rosefr

Nuevo miembro
Muchas gracias!!!

AL final lo han llevado a un abogado, porque va a tener tela.

GRacias por vuestra colaboración.

saludos
 
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