Se trata de una empresa que va a cerrar, por perdidas continuadas, de los últimos seis años solo ha tenido ganancias en uno. y en el presente ya tiene perdidas y ningún trabajo al menos hasta septiembre y eso sin seguridad.
Pues bien, las dificultades económicas son evidentes así que se plantea cerrar de una vez. Puede pagar los 15 días de preaviso y parte de la indemnización de 20 días.
En la carta de despido les ofrecerá en pago inmediato de los 15 días pero me surge la duda si poner en la carta la indemnización que les corresponde y que solo puede pagar parte. Tendría alguna consecuencia esta redacción de la carta??? La invalidaría ?
Pues bien, las dificultades económicas son evidentes así que se plantea cerrar de una vez. Puede pagar los 15 días de preaviso y parte de la indemnización de 20 días.
En la carta de despido les ofrecerá en pago inmediato de los 15 días pero me surge la duda si poner en la carta la indemnización que les corresponde y que solo puede pagar parte. Tendría alguna consecuencia esta redacción de la carta??? La invalidaría ?